Resolucion numero 00218 de 1998, por la cual se fija el Precio de Referencia para la liquidación - 30 de Junio de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59800164

Resolucion numero 00218 de 1998, por la cual se fija el Precio de Referencia para la liquidación

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín43333

por la cual se fija el Precio de Referencia para la liquidación

de la Cuota de Fomento Panelero.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en uso de sus atribuciones legales, en especial de las que le confiere la Ley 40 de 1990 y el Decreto 1999 de 1991, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 40 de 1990 se creó la Cuota de Fomento Panelero, cuyo producto se llevará a una cuenta especial, bajo el nombre de Fondo de Fomento Panelero.

Que en los términos del artículo séptimo de la Ley 40 de 1990 y del artículo quinto de su Decreto Reglamentario 1999 de 1991, la Cuota de Fomento Panelero se liquidará sobre el precio del kilogramo de panela o miel que para el efecto señale semestralmente el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

RESUELVE:

Artículo 1º Durante el segundo semestre de 1998, la Cuota de Fomento Panelero, se liquidará con base en el precio al cual se efectúe la transacción.

Parágrafo 1º. Para la panela, en ningún caso el precio del kilogramo para la liquidación de la Cuota de Fomento Panelero, podrá ser inferior a cuatrocientos cincuenta pesos ($450,00) por kilogramo.

Parágrafo 2º. Cuando se trate de miel, en ningún caso el precio del kilogramo para la liquidación de la Cuota de Fomento Panelero, podrá ser inferior a:

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