Resolucion numero 1086 de 1998, por medio de la cual se titulan en calidad de "Tierras de las Comunidades Negras", los terrenos baldíos ocupados colectivamente por la Comunidad Negra de Bajo Potedó, localizados en jurisdicción del municipio de Buenaventura, departamento del Cauca. - 29 de Abril de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59800550

Resolucion numero 1086 de 1998, por medio de la cual se titulan en calidad de "Tierras de las Comunidades Negras", los terrenos baldíos ocupados colectivamente por la Comunidad Negra de Bajo Potedó, localizados en jurisdicción del municipio de Buenaventura, departamento del Cauca.

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín43353

por medio de la cual se titulan en calidad de "Tierras de las Comunidades Negras", los terrenos baldíos ocupados colectivamente por la Comunidad Negra de Bajo Potedó, localizados en jurisdicción del municipio de Buenaventura, departamento del Cauca.

La Gerente General del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, en uso de sus facultades legales y reglamentarias y en desarrollo de las atribuciones contenidas en el artículo 11 de la Ley 70 de 1993 y en los artículos 17 y 29 del Decreto 1745 de 1995,

RESUELVE:

Artículo 1º Título colectivo

Titular en calidad de "Tierras de las Comunidades Negras" y en favor de la Comunidad Negra de Bajo Potedó, representada legalmente por el señor Andulfo Ortega identificado con cédula de ciudadanía número 6157374 expedida en Buenaventura (Valle del Cauca), los terrenos baldíos ocupados colectivamente por ella, ubicados en jurisdicción del corregimiento de Bajo Potedó, municipio de Buenaventura, departamento del Valle del Cauca.

Artículo 2º Extensión y linderos: El territorio titulado tiene una cabida superficiaria de mil cuatrocientas setenta y tres (1.473) hectáreas, con ocho mil setecientos metros cuadrados (1.700 m2) de acuerdo con el levantamiento topográfico elaborado por el Incora y aprobado por la Comisión Técnica que obra en el expediente.

El territorio que por esta providencia se titula se encuentra alinderado de la siguiente manera:

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el detalle 14A con coordenadas planas 911.240N y 998.000E, situado al oeste en la concurrencia de las colindancias de Consejo Comunitario Taparal, línea divisoria de Zona de Manglar no adjudicable y el globo a deslindar.

Colinda así. Norte: Se parte del detalle 14A por la línea divisoria de zona de Manglar en sentido general noreste hasta encontrar el detalle 8A con coordenadas planas 914 025N y 1.001.260E situado al borde de la quebrada Yaré colinda con la zona de Manglar No Adjudicable en una longitud aproximada de 5.580 metros. Se sigue por la Quebrada Yaré aguas arriba...

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