Resolucion numero 1318 de 1998, por la cual se ordena la reprogramación y el pago de las transferencias al sector Salud por concepto de reservas que se encontraban en la Fiduciaria La Previsora S.A., Fideicomiso Ecosalud II 1345 de la vigencia fiscal de 1996. - 30 de Julio de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59800587

Resolucion numero 1318 de 1998, por la cual se ordena la reprogramación y el pago de las transferencias al sector Salud por concepto de reservas que se encontraban en la Fiduciaria La Previsora S.A., Fideicomiso Ecosalud II 1345 de la vigencia fiscal de 1996.

EmisorVarios - Empresas Industriales
Número de Boletín43356

por la cual se ordena la reprogramación y el pago de las transferencias al sector Salud por concepto de reservas que se encontraban en la Fiduciaria La Previsora S.A., Fideicomiso Ecosalud II 1345 de la vigencia fiscal de 1996.

El Presidente de la Empresa Colombiana de Recursos para la salud, Ecosalud S.A., en uso de sus facultades legales, estatutarias, y

CONSIDERANDO:

  1. Que la Ley 10 de 1990 en su artículo 43, establece que el producto resultante por concepto de todas las modalidades de juegos de suerte y azar diferentes a las loterías y apuestas permanentes existentes, menos el valor de los premios pagados, menos el porcentaje del quince por ciento (15%) como máximo para costos y gastos de inversión, producción, administración, venta y publicidad, más las utilidades de Ecosalud S.A., se distribuirá de la siguiente forma:

    1. 50% para distribuir entre los municipios en proporción directa a las ventas que se ejecuten en su territorio;

    2. 50% como mínimo, para distribuir entre todos los municipios del país en proporción directa a su población y en proporción inversa a su desarrollo socioeconómico según fórmula aprobada por el Consejo Directivo de Ecosalud S.A.

  2. Que el Consejo Directivo de Ecosalud S.A. en sesión número 29 de noviembre 10 de 1992, modificó el Acuerdo número 06 de julio 7 de 1992, expidiendo el Acuerdo número 09 de noviembre 10 de 1992, mediante el cual señala la modificación de la base de cálculo de las transferencias a que hace referencia el numeral 3 del artículo 43 de la Ley 10 de 1990, fórmula que se resume a continuación:

    Asignación 50%

    Municipal = Valor * 0.25 * POBm + 0.75 * PPNBIm

    Por fórmula Asignar POBt PPNBIt

    Donde:

    POB: Población

    PPNBI: Porcentaje de población con Necesidades Básicas Insatisfechas.

    Y los sufijos: m: Dato nivel municipal

    t: Dato consolidado nacional.

  3. Que los índices señalados anteriormente fueron calculados por Ecosalud S.A., con base en los datos suministrados por el DANE, organismo responsable de la información y...

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