Resolucion numero 864 de 1998, por la cual se inscribe al Director General y al Representante Legal, del Movimiento Político Nueva Fuerza Democrática.
Emisor | Varios |
Número de Boletín | 43362 |
por la cual se inscribe al Director General y al Representante Legal, del Movimiento Político Nueva Fuerza Democrática.
CONSIDERANDO:
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Que mediante Resolución número 006 del 3 de agosto de 1998, el doctor Camilo Gómez Alzate, Director General encargado y Secretario General del Movimiento Político Nueva Fuerza Democrática, designó al doctor Luis Fernando Ramírez, identificado con la cédula de ciudadanía número 19357025 de Bogotá, como Director General del Movimiento Político Nueva Fuerza Democrática, y al doctor Mauricio Suárez Copete, identificado con la cédula de ciudadanía número 19178369 de Bogotá, como Secretario General y/o Representante Legal del Movimiento Político Nueva Fuerza Democrática;
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Que, de acuerdo con los estatutos del Movimiento Político Nueva Fuerza Democrática, el Director General de la Nueva Fuerza Democrática, en uso de sus atribuciones estatutarias puede designar al Director General que lo reemplace y al Secretario General y/o Representante Legal del Movimiento Político Nueva Fuerza Democrática;
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Que la Resolución número 006 del 3 de agosto de 1998, fue debidamente expedida y se ajusta a los requisitos legales y estatutarios;
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Que la solicitud de inscripción de los nuevos dignatarios se hizo mediante oficio del 6 de agosto de 1998, en los términos de ley (artículo 7, inciso 2 de la Ley 130 de 1994),
RESUELVE:
Notifíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los seis (6) días del mes de agosto de mil novecientos noventa y ocho (1998).
El Presidente del Consejo Nacional Electoral (E),
Rodrigo Noguera Calderón.
El Secretario del Consejo Nacional Electoral,
Jaime Calderón Bruges,
Registrador Nacional del Estado Civil.
(Cuenta de cobro).
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AVISOS JUDICIALES
La Suscrita Secretaria del Juzgado Once (11) de Familia de Santa Fe de Bogotá. D. C.,
EMPLAZA
A Emma Cristancho de Ramírez, persona mayor de edad y cuyo domicilio último fue la ciudad de Santa Fe de Bogotá, D. C. y su paradero actual se desconoce, para que se presente a este despacho a estar a derecho del proceso que por muerte presunta por desaparecimiento ha promovido Leonardo Ramírez en calidad de cónyuge en éste despacho; igualmente se solicita a cualquier persona que tenga noticia de la desaparecida lo informe al juzgado, a la mayor brevedad posible. El demandante según expone en la demanda, sustenta como hechos generadores de petición los que a continuación se transcriben:
Hechos: 1. Los señores Leonardo Ramírez y Emma Cristancho de Ramírez, contrajeron matrimonio Católico, el día 11 de junio de 1955 en Pesca-Boyacá.
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