Resolucion numero 0364 de 1998, por la cual se expide una credencial de expendedor de medicamentos. - 8 de Octubre de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59803079

Resolucion numero 0364 de 1998, por la cual se expide una credencial de expendedor de medicamentos.

EmisorVarios
Número de Boletín43439

por la cual se expide una credencial de expendedor de medicamentos.

El Director del Departamento Administrativo de Salud del Putumayo, en ejercicio de la delegación conferida por la Resolución 13370 de 1990 emanada del Ministerio de Salud,

CONSIDERANDO:

Que la señora Sandra Lorena Palomares Tobar, identificada con cédula de ciudadanía número 27.360.482 expedida en Villagarzón (P.); ha dado cumplimiento a los requisitos legales para obtener la credencial de expendedora de medicamentos, conforme al Decreto 1070 de 1990,

RESUELVE:

Artículo 1º Expedir la Credencial de Expendedora de Medicamentos a la señora Sandra Lorena Palomares Tobar, la cual la autoriza para dirigir un establecimiento denominado droguería, como lo definen los artículos primeros de las Leyes 8ª de 1971 y 17 de 1974.
Artículo 2º Esta resolución puede ser derogada en cualquier momento que se compruebe falsedad en los documentos, violación de las normas que la rigen y manejo antiético, sin perjuicio de las acciones penales a que haya lugar.
Artículo 3º La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Mocoa, a ocho (8) de octubre de mil novecientos noventa y ocho (1998).

El Director Dasalud Putumayo,

Iván Gerardo Guerrero Guevara.

Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Caja Agraria 0059041. Valor 15.900. 05-XI-98.

Departamento del Putumayo

EDICTOS

El Alcalde Municipal de Villagarzón, Putumayo,

EMPLAZA:

A todas las personas que se crean con derecho sobre el bien inmueble cuyo trámite de adjudicación y compraventa ha solicitado en la Alcaldía Municipal, el señor Bernardo Bolívar Delgado Ibarra, con cédula de ciudadanía número 5.297.799 de Mocoa, para que concurra a hacer valer sus derechos hasta dentro de los tres (3) días hábiles a la desfijación del presente edicto.

El bien inmueble es el siguiente: predio solar, ubicado en el barrio San Diego, con construcción a la vista, sin nomenclatura urbana, de aproximadamente 200 metros cuadrados, delimitados así: Norte: con Cecilia Benavides, mide 20 metros lineales; Sur: con Peregrino Delgado, mide 20...

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