Resolucion numero 0229 de 1999, por la cual se certifica el cumplimiento de la función ecológica de la propiedad de un resguardo indígena. - 29 de Marzo de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59806650

Resolucion numero 0229 de 1999, por la cual se certifica el cumplimiento de la función ecológica de la propiedad de un resguardo indígena.

Número de Boletín43555

por la cual se certifica el cumplimiento de la función ecológica de la propiedad de un resguardo indígena.

El Ministro del Medio Ambiente, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el parágrafo tercero del artículo 85 de la Ley 160 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 075 del 19 de noviembre de 1991, el Incora constituyó como resguardo indígena, en favor de la Comunidad Chimilas o Cacahueros, un globo de terreno baldío, ubicado en jurisdicción del corregimiento de San Angel, municipio de Ariguaní, departamento del Magdalena con un área de aproximadamente 379,3 hectáreas.

Que en comunicación fechada el 6 de noviembre de 1998 el Incora solicitó al Ministerio del Medio Ambiente, su pronunciamiento sobre el cumplimiento de la función ecológica de la propiedad por parte del Resguardo Indígena Chimila.

Que con el fin de emitir el concepto técnico correspondiente, la Dirección General de Ecosistemas solicitó el 8 de enero de 1999 al Programa Indígena del INCORA, copia de la Resolución número 075 del 19 de noviembre de 1990 que constituyó el resguardo indígena Chimila, un plano con los linderos del resguardo constituido y los del área a ampliar, e información sobre las actividades de tipo agrícola, caza, pesca y demás que tengan relación con el uso de los recursos naturales por parte de las comunidades del Resguardo Chimila, como sobre el uso actual del territorio constituido y del que seria objeto de ampliación.

Que con fundamento en la documentación contenida en el expediente que reposa en el Incora y en la existente en el Ministerio del Medio Ambiente, la Dirección General de Ecosistemas emitió el concepto técnico número 001 del 17 de marzo de 1999, en el cual se considera que es viable certificar el cumplimiento de la función ecológica. Se transcriben los apartes pertinentes:

"7. El 16 de octubre de 1996, el Incora mediante auto, comisionó al funcionado Gustavo Cediel Muñoz, con el propósito de realizar una visita y elaborar el estudio socioeconómico, jurídico y de tenencia de tierras, tendiente a la ampliación del resguardo indígena Chimila (folio 5). En este sentido, mediante edicto del 24 de octubre la Subgerencia Operativa, División de Atención a Comunidades Indígenas y Negras informó sobre el requerimiento hecho por la comunidad del resguardo Chimila para la ampliación de su resguardo, anunciando la realización de una visita a la zona en cuestión del 24 al 30 de octubre (folio 6).

  1. Del documento "Actualización del estudio socioeconómico, jurídico y de tenencia de tierras para la ampliación del resguardo indígena Chimila, localizado en el municipio de Ariguaní, departamento del Magdalena", presentado por Gustavo Cediel Muñoz, en abril de 1997, se puede destacar lo siguiente:

    8.1. Aspectos demográficos.

    "...El resguardo fue constituido para beneficiar a 69 familias en 1990, el censo realizado arrojó los siguientes datos: La población actual asciende a 730 personas, distribuidos en 163 familias, de las cuales 380 corresponden a los hombres, el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR