Resolucion numero 0113 de 1999, por la cual se fija el período para la renovación de las cédulas de ciudadanía. - 14 de Abril de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59806772

Resolucion numero 0113 de 1999, por la cual se fija el período para la renovación de las cédulas de ciudadanía.

Número de Boletín43557

por la cual se fija el período para la renovación de las cédulas de ciudadanía.

El Consejo Nacional Electoral, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 1º de la Ley 486 de diciembre de 1998, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 1º de la Ley 486 de 1998, "por la cual se dictan disposiciones sobre la renovación de la cédula de ciudadanía", que a su vez modifica el artículo 3º de la Ley 220 de 1995, determinó que "Atendiendo al estado de desarrollo y del proceso de modernización tecnológico que adelanta la Registraduría Nacional del Estado Civil, el Consejo Nacional Electoral a iniciativa del Registrador Nacional del Estado Civil precisará durante los noventa (90) días siguientes a la sanción de esta ley el término dentro del cual el ciudadano deberá renovar su cédula de ciudadanía el cual no podrá ir más allá a la fecha del cierre de inscripciones para participar en las próximas elecciones presidenciales";

  2. Que de acuerdo con la propuesta presentada al Consejo Nacional Electoral por la señora Registradora Nacional del Estado Civil durante la sesión celebrada el 24 de marzo de 1999, esta Corporación consideró y aprobó el término dentro del cual los ciudadanos deben renovar la cédula de ciudadanía;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Fijar el período comprendido entre el 1º de enero del año 2000 al 1º de enero de año 2002 como término durante el cual los ciudadanos deben renovar su cédula de ciudadanía.
Artículo 2º Los ciudadanos a quienes se les haya expedido la cédula de ciudadanía mediante el sistema AFIS (Sistema de Identificación...

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