Resolucion numero 236 de 1999, por la cual se fijan las tarifas por el Servicio de Información Cartográfica. - 11 de Marzo de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59809139

Resolucion numero 236 de 1999, por la cual se fijan las tarifas por el Servicio de Información Cartográfica.

Número de Boletín43614

por la cual se fijan las tarifas por el Servicio de Información Cartográfica.

El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda, Carder, en uso de sus facultades, en especial las que le confiere el Decreto 1600 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Es deber de la Carder facilitar a las personas naturales y jurídicas los medios técnicos y de información cartográfica que posea en papel y/o en medio magnético para la elaboración de proyectos que contribuyan al desarrollo de nuestra región; salvaguardando el patrimonio público, de acuerdo con la Constitución Política y la ley.

La ley protege las creaciones del Talento Humano en los campos literario y artístico, así como las bases de datos, programas de computador (software) y sus aplicaciones. Entendido como Soporte Lógico (Software) la expresión de un conjunto de instrucciones mediante palabras, códigos, planes o en cualquier otra forma, que al ser incorporadas en un dispositivo de lectura automatizada, ejecuta determinada tarea u obtiene determinados resultados.

La cartografía producida por la Corporación y los programas de computador desarrollados por su personal de planta, son considerados como Soporte Lógico y de creación de la Corporación; derechos de Autor protegidos por la Ley 23 de 1982 y el Decreto 1360 del 23 de junio de 1989.

Cada autor posee un Derecho Moral (Vínculo perdurable y estrecho con su obra) y un Derecho Patrimonial (Derecho pleno sobre su obra que le permite disponer de su explotación con exclusividad), que lo identifica, caso de la información base y temática cartógráfica generada por la Corporación y que puede ser utilizada como insumo para el desarrollo de proyectos por entes privados y públicos; diferente de la información de Servicio Ambiental para la comunidad y la que se derive del quehacer institucional a la cual se tiene derecho y acceso gratuito e inmediato.

Para la fijación de tarifas se tuvo como base los cálculos técnicos hechos por funcionarios especializados de la Corporación, consultas en el mercado de la región, el salario mínimo legal vigente e IPC;

Por lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1° Fijar las tarifas para el cobro de los diferentes servicios cartográficos que a través de sus dependencias presta la Corporación, así:
  1. Impresión de archivos magnéticos en papel Auroplot (Papel...

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