Resolucion numero 0093 de 1999, por la cual se certifica el interés bancario corriente. - 29 de Enero de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59810777

Resolucion numero 0093 de 1999, por la cual se certifica el interés bancario corriente.

EmisorSuperintendencias
Número de Boletín43490

por la cual se certifica el interés bancario corriente.

El Superintendente Bancario, en uso de las atribuciones legales que le confieren los artículos 191 del Código de Procedimiento Civil y 884 del Código de Comercio, en concordancia con el artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, sustituido por el Decreto 2359 de 1993, artículo 2°, numeral 6°, literal c, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 191 del Código de Procedimiento Civil, el interés bancario corriente se probará con certificación expedida por la Superintendencia Bancaria, salvo que se trate de operaciones sometidas a regulaciones legales de carácter especial, en cuyo caso la tasa de interés se probará mediante copia auténtica del acto que la fije o autorice.

Segundo. Que el artículo 884 del Código de Comercio establece que cuando en los negocios mercantiles hayan de pagarse réditos de un capital sin que se especifique por convenio el interés, éste será el bancario corriente, el cual se probará con certificado expedido por la Superintendencia Bancaria.

Tercero. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, sustituido por el literal c) del numeral 6° del artículo 2° del Decreto 2359 de 1993, y para los efectos previstos en los artículos 191 del Código de Procedimiento Civil y 884 del Código de Comercio, la Superintendencia Bancaria certificará la tasa de interés bancario corriente una vez al año, dentro de los dos primeros meses, o en cualquier tiempo a solicitud de la Junta Directiva del Banco de la República, con base en la información financiera y contable que le sea suministrada por los establecimientos bancarios, analizando las tasas de las operaciones activas de crédito mediante técnicas adecuadas de ponderación.

Cuarto. Que la Junta Directiva del Banco de la República, en su sesión del día 22 de enero de 1992, de la cual informó a la Superintendencia Bancaria mediante Comunicación JDS-1835 del 23 de enero de 1992, recomendó actualizar la certificación del interés bancario corriente cada dos (2) meses, y que...

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