Resolución número 603 de 2020, por la cual la Secretaria Ejecutiva procede a delegar funciones en servidores de la Secretaría Ejecutiva - 23 de Septiembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 849686016

Resolución número 603 de 2020, por la cual la Secretaria Ejecutiva procede a delegar funciones en servidores de la Secretaría Ejecutiva

EmisorVarios - Jurisdicción Especial para la Paz
Número de Boletín51446

La Secretaria Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acto Legislativo 01 de 2017, la Ley Estatutaria 1957 de 2019 y normas concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Que el artículo 211 de la Constitución Política, señala que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar sus funciones en sus subalternos o en otras autoridades.

Que de acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo número 036 del 11 de septiembre de 2018, por el cual se establece la estructura de la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), se crean empleos de la planta de personal y se adoptan los Manuales de Funciones para cada uno de ellos, la Secretaria Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz actúa como represente legal de la Jurisdicción Especial para la Paz, ejerciendo todas las funciones y competencias constitucionales, legales y reglamentarias, entre las que se incluye la suscripción de las comunicaciones emanadas por la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz.

Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998 dispone que "Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias"".

Que la citada norma establece que "los representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleos públicos de los niveles...

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