Resolución número 71 de 2022, por medio del cual se decide una actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica de la matrícula inmobiliaria 202-73016y 202-7301. Expediente número 202-AA-2022-040. - 27 de Octubre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 913803376

Resolución número 71 de 2022, por medio del cual se decide una actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica de la matrícula inmobiliaria 202-73016y 202-7301. Expediente número 202-AA-2022-040.

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Seccional Garzón, Huila
Número de Boletín52200

La Registradora de Instrumentos Públicos Seccional Garzón (Huila), en Ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en la Ley 1437 de 2011, Ley 1579 de 2012 y Decreto 2723 del 2014,

CONSIDERANDO:

I. ANTECEDENTES

El pasado 12-09-2022 se recibió oficio número 618 proveniente del Juzgado Promiscuo Municipal de Suaza Huila, dentro del proceso ejecutivo con radicación 2020-00225- 00, en el que este despacho solicita información sobre la compraventa inscrita en la matrícula inmobiliaria número 202-7301 contenida en la escritura pública número 327 del 4-122020 de la notaría única de Acevedo Huila, cuando al parecer la misma debió ser inscrita en la matrícula 202-73016.

Al proceder con el estudio jurídico de dicha solicitud, se encontró que al verificar los antecedentes de las matrículas involucradas, se pudo constatar que la compraventa contenida en la escritura número 327 de fecha 04-12-2020 de la Notaría de Acevedo Huila, por error involuntario de digitalización al momento de la inscripción se omitió el último dígito es decir se inscribió en la matrícula 202-7301 en lugar de inscribirse en la matrícula 202-73016, razón por la cual se deberá mediante actuación administrativa, proceder a invalidar la anotación de compraventa inscrita en el folio 202-7301 respecto de la escritura indicada y trasladarla al folio correcto 202-73016, dejando en este último sin efecto las anotación Nro. 5 la que se inscribió siendo...

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