Resolución número 717 de 2016, por la cual se establece el sistema de planes de la Registraduría Nacional del Estado Civil - 12 de Febrero de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 593716062

Resolución número 717 de 2016, por la cual se establece el sistema de planes de la Registraduría Nacional del Estado Civil

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín49784

El Registrador Nacional del Estado Civil, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 25 del

Decreto-ley 1010 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que los numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 25 del Decreto 1010 de 2000 establecen las competencias y funciones del Registrador Nacional del Estado Civil para fijar las políticas, planes, programas y estrategias para el desarrollo de la organización y el adecuado manejo administrativo, financiero y presupuestal, así como las competencias para dirigir las labores administrativas y técnicas de las diferentes dependencias de la Registraduría nacional del Estado Civil.

Que es necesario establecer el sistema de planes cuatrienal y anual de la Registraduría Nacional del Estado Civil con el objeto de cumplir el objeto, misión, funciones misionales y administrativas y asignar los recursos disponibles.

En mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Sistema de planes de la RNEC.

Establecer como planes institucionales de la Registraduría Nacional del Estado Civil (RNEC) el plan estratégico y el plan de acción.

Parágrafo. Los demás planes a que están obligadas las entidades, órganos y organismos del Estado, incluida la Registraduría Nacional del Estado Civil, se elaborarán de conformidad con las normas vigentes, y en lo posible serán integrados al plan de acción una vez sean aprobados y adoptados.

Artículo 2º Plan estratégico.

El plan estratégico de la Registraduría Nacional del Estado Civil contiene la planeación de mediano plazo correspondiente al período de elección del Registrador Nacional del Estado Civil, contendrá cómo mínimo la visión, principios-valores, los objetivos, estrategias, metas e indicadores, los responsables y los períodos de seguimiento y evaluación.

El Plan Estratégico de la RNEC será adoptado mediante circular por el Registrador Nacional, quien podrá ponerlo a consideración del Comité Directivo.

Artículo 3º Responsables de la ejecución, control, seguimiento y evaluación del plan estratégico.

La ejecución y control del plan estratégico será responsabilidad del Secretario General, los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR