Resolución número 72982 de 2023, por la cual se suspenden términos en los trámites administrativos y jurisdiccionales que adelanta la Superintendencia de Industria y Comercio - 22 de Noviembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 971499947

Resolución número 72982 de 2023, por la cual se suspenden términos en los trámites administrativos y jurisdiccionales que adelanta la Superintendencia de Industria y Comercio

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Industria y Comercio
Número de Boletín52587

La Superintendente de Industria y Comercio, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto número 4886 de 2011 y,CONSIDERANDO:Que de conformidad con las funciones asignadas a esta Superintendencia mediante el Decreto número 4886 de 2011, la Entidad adelanta procesos de carácter administrativo y jurisdiccional, en los cuales, por expreso mandato legal, deben observarse términos procesales de estricto cumplimiento.Que teniendo en cuenta los términos y plazos legales que debe garantizar la Entidad frente a la atención de la ciudadanía en general, el artículo 118 del Código General del Proceso establece "(...) En los términos de días no se tomarán en cuenta los de vacancia judicial, ni aquellos en los que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el Despacho" (negrilla fuera de texto), precepto legal aplicable a los procesos de carácter jurisdiccional en virtud de lo previsto en el parágrafo 3º del artículo 24 del Código General del Proceso y a las actuaciones de naturaleza administrativa por disposición del artículo 306 de la Ley 1437 de 2011.Que según comunicación identificada con Radicado número 23-435551-3, la Jefe (e) de la Oficina de Tecnología e Informática de la Entidad informó que desde jueves 23 de noviembre de 2023 a las 6:00 p. m. y hasta el lunes 27 de noviembre de 2023 a las 11:30 p.m., se requiere adelantar una ventana de mantenimiento de la plataforma tecnológica y los sistemas de información de la Superintendencia de Industria y Comercio, por lo que dichos sistemas no estarán disponibles para usuarios internos ni externos dentro del período mencionado.Que, en consecuencia, le corresponde a la Superintendente de Industria y Comercio garantizar el cumplimiento de los términos y asegurar las garantías en las actuaciones respecto de los sujetos procesales que en ellas intervienen.Que, con fundamento en lo expuesto y en aras de salvaguardar el debido proceso y demás garantías procesales dentro de los trámites administrativos y jurisdiccionales, se hace necesario suspender los términos procesales de las actuaciones...

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