Resolución número 7333 de 2014, por la cual se otorga licencia de funcionamiento por un término de dos (2) años a la Fundación Hogar Marguerite D'Youville, con domicilio en la ciudad de Bogotá, para desarrollar el Programa Especializado de Atención a Madres Gestantes y Lactantes Adolescentes y mayores de 18 años, con sus derechos amenazados, inobservados o vulnerados, en la Modalidad Casa Hogar de Protección - 5 de Diciembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 548107890

Resolución número 7333 de 2014, por la cual se otorga licencia de funcionamiento por un término de dos (2) años a la Fundación Hogar Marguerite D'Youville, con domicilio en la ciudad de Bogotá, para desarrollar el Programa Especializado de Atención a Madres Gestantes y Lactantes Adolescentes y mayores de 18 años, con sus derechos amenazados, inobservados o vulnerados, en la Modalidad Casa Hogar de Protección

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín49356

La Directora General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - Cecilia de la Fuente de Lleras, en uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en la Ley 7a de 1979, en el artículo 76 de la Ley 489 de 1998, en la Ley 1098 de 2006, en el Decreto número 2263 de 1991, en el Decreto número 2241 de 1996, en el Decreto número 0987 de 2012, en el Decreto número 1603 de 2014 y en la Resolución número 3899 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 16 de la Ley 1098 de 2006 establece que todas las personas naturales o jurídicas, con personería jurídica expedida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o sin ella, que aún con autorización de los padres o representantes legales alberguen o cuiden a los niños, las niñas o los adolescentes, son sujetos de la vigilancia del Estado.

Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente rector, coordinador y articulador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, reconoce, otorga, suspende y cancela Personerías Jurídicas y licencias de Funcionamiento a las instituciones de este sistema.

Que el parágrafo 2º del artículo 60 de la Ley 1098 de 2006, establece que el Gobierno Nacional y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar deben expedir la reglamentación correspondiente al funcionamiento de las casas de madres gestantes y los programas de asistencia y cuidado a mujeres con embarazos no deseados.

Que mediante Resolución número 073 del 21 de mayo de 1987, proferida por la Alcaldía Mayor de Bogotá D. C., se reconoció personería jurídica a la Fundación Hogar Marguerite D'Youville, con domicilio en la ciudad de Bogotá, D. C.;

Que mediante Resolución número 5633 del 4 de septiembre de 2012, proferida por la Dirección General del ICBF, se otorgó Licencia de Funcionamiento provisional, por el término de tres (3) meses a la Fundación Hogar Marguerite D'Youville, con domicilio en la ciudad de Bogotá, para desarrollar el Programa Especializado de Atención a Madres Gestantes y Lactantes Adolescentes y Mayores de 18 años, con sus derechos amenazados, inobservados o vulnerados, en la Modalidad Casa Hogar;

Que mediante Resolución número 9390 del 5...

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