Resolución número 7943 de 2022, por la cual se define la 'firma autógrafa mecánica' y se modifican algunas disposiciones en materia de apostilla y legalización de documentos previstos en la Resolución 1959 de 2020 - 18 de Octubre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 913286061

Resolución número 7943 de 2022, por la cual se define la 'firma autógrafa mecánica' y se modifican algunas disposiciones en materia de apostilla y legalización de documentos previstos en la Resolución 1959 de 2020

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín52191

El Ministro de Relaciones Exteriores, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia, los literales a) y g) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, el numeral 17 del artículo del Decreto 869 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Relaciones Exteriores tiene a su cargo, entre otras funciones, ejecutar de manera directa o a través de las distintas entidades y organismos del Estado, la política exterior del Estado colombiano, así como evaluarla, proponer los ajustes y modificaciones que correspondan.

Que la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores tiene a su cargo, entre otras funciones, "...instruir y supervisar a las entidades que el Ministerio determine en el proceso de expedición de pasaportes, apostilla y legalización de documentos, de conformidad con los convenios que se suscriban sobre la materia y gestionar su reconocimiento internacional.

Que la República de Colombia hace parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros, suscrita en La Haya el 5 de octubre de 1961, la cual fue aprobada mediante la Ley 455 de 1998 y observa, como documento de referencia, el Manual sobre el funcionamiento práctico del Convenio sobre Apostilla, el cual trata temas respecto del funcionamiento actual del Convenio para facilitar su aplicación y asistir las buenas prácticas a las autoridades competentes en lo relacionado con la expedición de apostillas.

Que el artículo 52 del Decreto ley 19 de 2012, señala la facultad del Gobierno nacional para reglamentar el procedimiento y el uso de medios electrónicos en el trámite de la apostilla. En esta línea fue expedido el Decreto ley 2106 del 22 de noviembre de 2019, que precisó "las autoridades deberán vincular a los mecanismos que disponga la Agencia Nacional Digital, los instrumentos, programas, mecanismos, desarrollos, plataformas, aplicaciones, entre otros, que contribuyan a masificar las capacidades del Estado en la prestación de Servicios Ciudadanos Digitales.".

Que la Resolución 1959 del 3 de agosto de 2020 del Ministerio de Relaciones Exteriores, establece las disposiciones y fija los requisitos para la expedición de apostillas y legalizaciones de los...

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