Resolución número 860 de 2020, por la cual se modifica la Resolución número 1184 del 27 de mayo del 2015 reglamentación del uso y aprovechamiento de las aguas de la corriente río Fortalecillas - 13 de Julio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 846596201

Resolución número 860 de 2020, por la cual se modifica la Resolución número 1184 del 27 de mayo del 2015 reglamentación del uso y aprovechamiento de las aguas de la corriente río Fortalecillas

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena
Número de Boletín51374

La Subdirectora de Regulación y Calidad Ambiental de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM), en ejercicio de las funciones señaladas en la Ley 99 de 1993 y en especial las conferidas por la Dirección General según Resoluciones números 4041 de 2017, modificada bajo Resolución número 104 de 2019 y, modificada bajo Resolución número 466 de 2020,

CONSIDERANDO:

Por medio de la Resolución número 0415 del 31 de marzo del 2005, emanada de la Dirección General de la CAM, se reglamentó la corriente de uso público denominada Río Fortalecillas que discurre por los municipios de Tello y Neiva en el departamento del Huila, conforme al cuadro de reparto y asignación de caudales y porcentajes, así:

· Caudal total de oferta para distribuir: 3150 Litros por segundo (lps).

· Canal primera derivación primera izquierda, denominada La Florida, Caudal

1264 lps.

· Acueducto de Fortalecillas, caudal 50 lps.

· Interior cuenca uso agropecuario, caudal 1416 lps.

· Otros fuera de la cuenca, caudal 270 lps.

· Caudal Ecológico, 150 lps.

La fuente hídrica río Fortalecillas está definida así:

Punto inicial (nacimiento): 905652E - 820457N, altura 3400 msnm.

Vereda: El Cadillo Municipio: Tello - Huila

Punto final (desembocadura al río Magdalena): 868796E - 828782N, altura 397 msnm. Vereda: Fortalecillas Municipio: Neiva - Huila. Longitud: 54.37 kilómetros.

Mediante Resolución número 1184 del 27 de mayo de 2015, se modifica la Resolución número 0415 del 31 de marzo del 2005, en el sentido de ampliar el término de la vigencia, por un período de cinco (5) años más del inicialmente otorgado. Se menciona en la Resolución número 1184 de 2015 registro histórico de aforos puntuales durante el año 2010, con un promedio de 3775.76 mVs antes del Canal La Florida, así mismo conforme a modelación hidrológica con herramienta WEAP los caudales arrojados se encuentran por encima de 4.0 mVs.

Sobre el río Fortalecillas se tiene un caudal promedio de 4.936 mVs, con base en registro histórico de aforos puntuales durante los años 2015 a 2020, aguas arriba de la bocatoma del Canal La Florida a la altura de la estación hidrológica finca La Victoria de propiedad de la CAM, coordenadas 884657E - 823106N, como se evidencia en la Tabla 1 y Gráfico 1

Tabla 1. Registro de aforo río Fortalecillas - Estación finca La Victoria

Gráfico 1. Aforos río Fortalecillas. Estación finca La Victoria

Figura 1. Códigos, áreas y zonificación hidrográfica delimitada por subcuencas del río Fortalecillas

Se aplica la herramienta WEAP (Sistema de Evaluación y Planificación del Agua) utilizada en el análisis técnico e hidrológico de la Resolución número 1184 de 2015, en esta oportunidad se evalúan que los caudales de oferta hídrica para los años 2020-2050 tendrán la capacidad de satisfacer las necesidades para riego agrícola, abrevaderos y consumo humano.

Modelación Hidrológica de la Subcuenca de río Fortalecillas y otros directos al Magdalena.

Con el propósito de priorizar medidas de adaptación frente al cambio climático, se utilizó la herramienta de modelación hidrológica WEAP, en la que se modelaron 41 corrientes hídricas tributarias directas e...

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