Resolución número 868 de 2021, por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución número 980 del 27 de julio de 2020 que modificó la Resolución número 1230 del 7 de mayo de 2019, por la cual se establece el reglamento de la oferta académica de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) - 30 de Julio de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 873893526

Resolución número 868 de 2021, por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución número 980 del 27 de julio de 2020 que modificó la Resolución número 1230 del 7 de mayo de 2019, por la cual se establece el reglamento de la oferta académica de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP)

EmisorEstablecimientos Públicos - Escuela Superior de Administración Pública
Número de Boletín51751

La Directora Nacional (e) de la Escuela Superior de Administración Pública (Esap), en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el artículo 15 del Decreto 164 de 2021, el Decreto número 803 del 21 de julio de 2021 y

CONSlDERANDO:

Que según el artículo 2º del Decreto 164 de 2021, "La Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) tiene como objeto la formación, investigación y extensión académica en el campo de la administración pública y el gobierno, en el contexto de la educación superior universitaria, la gestión del conocimiento y al apoyo técnico a las distintas instancias del Estado; la investigación, innovación y creación en el campo de la Administración Pública y el gobierno como centro de gestión académico para la asistencia técnica nacional y territorial (...)";

Que para el desarrollo de este objeto, se han establecido como metas para el año 2022 las siguientes: Aumento de la oferta educativa, Fortalecimiento de la calidad educativa, Aumento de la presencia territorial, Acompañamiento a gobiernos locales.

Que el Acuerdo 0001 de 2018 expedido por el Consejo Directivo de la ESAP, adoptó el Régimen Académico de la ESAP, en el desarrollo normativo de la función de docencia propia de toda Institución de Educación Superior, definió los criterios y condiciones que regirán la oferta académica y la apertura de cohortes a nivel nacional.

Que el Acuerdo 001 de 2018 para determinar las condiciones de oferta de Programas, estableció en el parágrafo 1 del artículo 3 que: "La oferta de programas curriculares en la Sede Nacional y en las Direcciones Territoriales, deberá estar precedida en todos los casos, de los estudios de viabilidad académica y socioeconómica respectivos y cumplir los requisitos establecidos por la normativa interna de la ESAP y por el Ministerio de Educación Nacional".

Que en los artículos...

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