Resolución número 89 de 2018, por medio de la cual se decide una actuación administrativa de los Folios de Matrícula Inmobiliaria número 340-4045, 340-10417, 340-12329, 340-40821, 340-75945 y 340102541 - 30 de Octubre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 744243669

Resolución número 89 de 2018, por medio de la cual se decide una actuación administrativa de los Folios de Matrícula Inmobiliaria número 340-4045, 340-10417, 340-12329, 340-40821, 340-75945 y 340102541

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Sincelejo
Número de Boletín50762

Expediente Nº 05-2017

El Registrador de Instrumentos Públicos del Círculo de Sincelejo, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 1579 de 2012 y la Ley 1437 de 2011, y

CONSIDERANDO:

ANTECEDENTES

Mediante escrito radicado en esta Oficina con el número 3402017ER00002 del 10 de enero de 2017, el señor Luis Carlos Jiménez Zuluaga, solicitó la cancelación de los Folios

de Matrícula Inmobiliaria número 340-4045, 340-10417, 340-12329 y 340-40821, por cuanto, por Escritura Pública número 123 del 23 de mayo de 2000, de la Notaría Única de San Onofre, la señora Orlinda Paternina de Acosta, vendió a sus hijos Acosta Paternina el 50% de la propiedad que ostentaba sobre los predios adquiridos por sucesión del señor Paulino Acosta García, identificados con las Matrículas Inmobiliarias mencionadas, y en la misma Escritura los señores Acosta Paternina, englobaron los predios, quedando un inmueble de mayor extensión de 153 hectáreas más 3.348 m2, al cual se le asignó la Matrícula Inmobiliaria número 340-75945; sin embargo, en las anotaciones números 9 y 10 del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 340-10417, se inscribió la Escritura Pública número 989 del 27 de octubre de 2009, de la Notaría Única de San Onofre, que corresponde a la venta de un lote con un área de 2 hectáreas a favor de la señora Martha Teresa Balseiro Revollo, y a una reserva de 58 hectáreas por parte de los herederos Costa Paterina, ajeno a la realidad, debido a que el predio con Matrícula Inmobiliaria número 340-10417, fue objeto de englobe.

Como consecuencia de la solicitud anterior, la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Sincelejo, por Auto del 4 de julio de 2017, inició la actuación administrativa número 05 - 2017, con el objeto que los Folios de Matrícula Inmobiliaria números 3404045, 340-10417, 340-12329, 340-40821, 340-75945 y 102541, exhiban en todo momento el estado jurídico de los respectivos bienes, de conformidad con la parte considerativa de dicha providencia.

Después, esta Oficina mediante correo electrónico del 6 de julio de 2017, notificó el Auto del 4 de julio de 2018, por el cual se inició la actuación administrativa número 05 -2017, al señor Luis Carlos Jiménez Zuluaga, tercero determinado.

Así mismo, por Oficio del 10 de julio de 2017, esta Oficina comunicó a la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, el contenido del Auto del 4 de julio de 2017, por el cual se inició la Actuación Administrativa número

05 - 2017.

De igual manera, por Aviso fijado el 10 de julio de 2017 y desfijado el 14 de julio de 2017, esta Oficina comunicó el Auto del 4 de julio de 2017, por el cual se inició la actuación administrativa número 05 - 2017, a los señores Oscar Acosta Paternina, Francisco Acosta Paternina, Moisés Acosta Paternina, Paulina del Tránsito Acosta Jiménez; Nayibi del Carmen Acosta Paternina, Eilen del Carmen Acosta Paternina, Paulino Acosta Paternina y Martha Teresa Balseiro Revollo.

Posteriormente, el Auto del 4 de julio de 2017, por el cual se inició la actuación administrativa número 05 - 2017, se publicó el 14 de marzo de 2018, en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro.

PRUEBAS

En la actuación administrativa figuran entre otras las siguientes pruebas:

  1. Impresión simple de los Folios de Matrícula Inmobiliaria número 340-4045, 340- 10417, 340-12329, 340-40821, 75945 y 102541.

  2. Escritura Pública número 123 del 23 de mayo de 2000, de la Notaría Única de San Onofre.

  3. Escritura Pública número 989 del 27 de octubre de 2009, de la Notaría Única de San Onofre.

    INTERVENCIÓN DE TERCEROS

    Mediante escrito radicado en esta Oficina con el número 3402017ER00002 del 10 de enero de 2017, el señor Luis Carlos Jiménez Zuluaga, solicitó la cancelación de los Folios de Matrícula Inmobiliaria números 340-4045, 340-10417, 340-12329 y 340-40821, por cuanto, por Escritura Pública número 123 del 23 de mayo de 2000, de la Notaría Única de San Onofre, la señora Orlinda Paternina de Acosta, vendió a sus hijos Acosta Paternina el 50% de la propiedad que ostentaba sobre los predios adquiridos por sucesión del señor Paulino Acosta García, identificados con las Matrículas Inmobiliarias mencionadas, y en la misma Escritura los señores Acosta Paternina, englobaron los predios, quedando un inmueble de mayor extensión de 153 hectáreas más 3.348 m2, al cual se le asignó la Matrícula inmobiliaria número 340-75945, sin embargo, en las anotaciones números 9 y 10 del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 340-10417, se inscribió la Escritura Pública número 989 del 27 de octubre de 2009, de la Notaría Única de San Onofre, que corresponde a la venta de un lote con un área de 2 hectáreas a favor de la señora Martha Teresa Balseiro Revollo, y a una reserva de 58 hectáreas por parte de los herederos Costa Paterina, ajeno a la realidad, debido a que el predio con Matrícula Inmobiliaria número 340-10417, fue objeto de englobe.

    ANÁLISIS JURÍDICO PROBATORIO

    Verificado el Sistema de Información Registral (SIR) de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Sincelejo, se observa que por Escritura Pública número 345 del 1 de octubre de 1999, de la Notaría Única de San Onofre, inscrita en las anotaciones números...

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