Resolución número 9 1293 de 2014, por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución 9 0922 del 29 de agosto de 2014 a través de la cual fue modificada la fecha de puesta en operación del Proyecto denominado 'Conexión de la central de generación El Quimbo', objeto de la Convocatoria Pública UPME-05-2009 - 10 de Diciembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 548479954

Resolución número 9 1293 de 2014, por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución 9 0922 del 29 de agosto de 2014 a través de la cual fue modificada la fecha de puesta en operación del Proyecto denominado 'Conexión de la central de generación El Quimbo', objeto de la Convocatoria Pública UPME-05-2009

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín49361

El Ministro de Minas y Energía, en uso de las facultades legales y reglamentarias, en especial las contenidas en el artículo 5º del Decreto 381 de 2012, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 16 de la Resolución MME 18 0924 del 15 de agosto de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 18 0946 del 11 de junio de 2009, el Ministerio de Minas y Energía (MME), adoptó el Plan de Expansión de Referencia de Generación Transmisión 2009-2023, en el cual fue incluido el proyecto denominado:

"Conexión de la central de generación El Quimbo ":

-- Instalar la nueva subestación Quimbo 230 kV.

-- Línea en doble circuito Quimbo- Subestación en Valle o Cauca (Juanchito o Pance o Páez) a 230 kV con una longitud aproximada entre 140 km y 160 km. El nodo de llegada del doble circuito depende de condiciones de acceso y espacio en las subestaciones del Valle.

-- Reconfigurar la línea Betania- Jamondino 230 kV en Betania- Quimbo y Quimbo- Ja-mondino 230kVpor medio un doble circuito de 4 km, aproximadamente alpunto de apertura.

-- Nueva línea Quimbo- Altamira a 230 kV de 45 km, aproximadamente.

--Instalar reactor inductivo de línea maniobrable de 25 MVAR, en el extremo de Quimbo, para línea Quimbo - Jamondino 230 kV.

-- Fecha requerida de puesta en servicio: octubre 31 de 2013.

-- Se deja abierta la posibilidad de realizar ajustes técnicos en los Documentos de Selección de la respectiva Convocatoria".

Que la UPME, realizó la apertura de la Convocatoria Pública UPME - 05 - 2009 con el objeto de seleccionar un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento de la Subestación Quimbo 230 kV y las líneas de transmisión asociadas.

Que de acuerdo con la comunicación radicada en la CREG con el número E-2012-002229 del 16 de marzo de 2012, la UPME informó que la EEB S. A. E.S.P., fue el proponente seleccionado para ejecutar las obras de la convocatoria.

Que mediante Resolución 040 del 24 de abril de 2012 publicada el 22 de mayo del mismo año, la CREG oficializó los ingresos anuales esperados por la EEB S. A. E.S.P., para el diseño, suministro, construcción, operación y mantenimiento de la Subestación Quimbo 230 kV y las líneas de transmisión asociadas.

Que en los documentos de selección del inversionista, se estableció como fecha requerida de puesta en servicio el 31 de agosto de 2014.

Que mediante oficio radicado en este Ministerio el 26 de junio de 2014 con el número 2014040757, la EEB S. A. E.S.P., solicitó aplazar en seiscientos veinte (620) días calendario la fecha oficial de puesta en operación del proyecto objeto de la convocatoria UPME

- 05 - 2009, equivalentes al retraso acumulado originado en hechos fuera del control de la empresa y de su debida diligencia.

Que mediante Resolución 9 0922 del 29 de agosto de 2014, el Ministerio de Minas y Energía modificó la fecha de puesta en operación del Proyecto de la Subestación Quimbo 230 kV y las líneas de transmisión asociadas, en un término de trescientos setenta y cinco (375) días calendario, contados a partir del 1º de septiembre de 2014.

Que mediante comunicación radicada en el Ministerio de Minas y Energía, el día 23 de septiembre de 2014 con el número 201062333, la EEB S. A. E.S.P., presentó recurso de reposición en contra de la Resolución 9 0922 del 29 de agosto de 2014, mediante la cual fue modificada la fecha de puesta en operación del Proyecto denominado "Conexión de la Central de Generación El Quimbo", solicitando que sean adicionados 188 días a los ya reconocidos en la resolución recurrida.

Que los 188 días adicionales que solicita la EEB S. A. E.S.P., corresponden a:

  1. Siete (7) días calendario transcurridos entre el 5 y el 12 de julio de 2012 por demoras de la ANLA en el pronunciamiento sobre la necesidad o no de presentar Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA).

  2. Dos (2) días calendario transcurridos entre la fecha de expedición del Auto 3623 del 21 de noviembre de 2012 por parte de la ANLA y la fecha en que la EEB tuvo conocimiento de este.

  3. Seis (6) días calendario transcurridos entre el 30 de mayo de 2013 y el 8 de julio de 2013, fecha en que la empresa se notificó del auto 1939 de 2013.

  4. Treinta y ocho días (38) por demoras ocasionadas por el paro agrario.

  5. Ciento treinta y cinco días (135) de retrasos en licenciamiento ambiental por imposibilidad de radicar el EIA.

    Que el recurso de reposición de EEB S. A. E.S.P., se soporta principalmente en el siguiente argumento:

    "El Ministerio de Minas y Energía, fundamentó la decisión de modificar la entrada en operación del Proyecto Subestación Tesalia 230 kV en trescientos setenta y cinco (375) días calendario y no en seiscientos veinte días (620) días calendario, como lo solicitó EEB S. A. E.S.P. Ello sin tener en cuenta que, dentro del análisis y conceptos expuestos por EEB, específicamente dentro los ítems de solicitud de ampliación de plazo...

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