Resolución número 9106 de 2016, por medio de la cual se fija el número de ciudadanos que pueden sufragar en las mesas de votación para la nueva elección de Alcalde Municipal de Palestina, Caldas, a realizarse el 16 de octubre de 2016 - 21 de Septiembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 649533449

Resolución número 9106 de 2016, por medio de la cual se fija el número de ciudadanos que pueden sufragar en las mesas de votación para la nueva elección de Alcalde Municipal de Palestina, Caldas, a realizarse el 16 de octubre de 2016

EmisorVarios - Resgistraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín50003

El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de las atribuciones constitucionales y legales y en especial las consagradas en el inciso 2º del artículo 266 de la Constitución Política, el artículo 5º, numeral 11 del Decreto 1010 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2º de la Constitución Política establece como fin esencial del Estado, facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afectan en la vida económica, administrativa y cultural de la Nación.

Que, en el inciso 2º del artículo 266 de la Constitución Política establece como función propia del Registrador Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral.

Que, el artículo 5º, numeral 11 del Decreto 1010 de 2000, establece como función de la Registraduría Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral y demás mecanismos de participación ciudadana y elaborar los respectivos calendarios electorales.

Que, el inciso 1º del artículo 85 del Código Electoral, declarado parcialmente inexe-quible por la Sentencia C-230 A de 2008 de la Corte Constitucional, establece que la "Registraduría Nacional, fijará el número de ciudadanos que podrán sufragar en las distintas mesas de votación".

Que, mediante Decreto número 0168 del 18 de agosto de 2016, el Gobernador (e) del departamento de Caldas, fijó como fecha para la nueva elección de Alcalde del municipio de Palestina, el domingo 16 de octubre de 2016.

En mérito de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1º Fijar en quinientos (500), el número máximo de sufragantes por mesa para la nueva elección de Alcalde...

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