Resolución número 9572 de 2021, por la cual se suprime y crea un cargo en la planta de personal de la Registraduría Nacional del Estado Civil - 7 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 875721279

Resolución número 9572 de 2021, por la cual se suprime y crea un cargo en la planta de personal de la Registraduría Nacional del Estado Civil

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín51790

El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 7 del artículo 26 del Decreto número 2241 de 1986.

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 7º del artículo 26 del Decreto número 2241 de 1986, señala:

"Artículo 26. El Registrador Nacional del Estado Civil tendrá las siguientes funciones: (...) 7. Crear, fusionar, suprimir cargos y señalar las asignaciones correspondientes, con apiobación del Consejo Nacional Electoral (Aparte tachado declarado Inexequible por la Corte Constitucional, mediante Sentencia número C-230A-08 del 6 de marzo de 2008, Magistrado Ponente, Dr. Rodrigo Escobar Gil) (...)"

Que, mediante Decreto-ley 1012 del 2000, el Gobierno nacional modificó la planta de personal de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Que, el artículo 3º del Decreto-ley 1012 de 2000, establece que se distribuirán los cargos en la planta global del nivel central, teniendo en cuenta la estructura interna.

Que, el Coordinador de Salarios y prestaciones, mediante correo electrónico, informa que los costos anuales de los cargos relacionados es el siguiente:

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Suprimir a partir del 6 de septiembre de 2021, en la Planta Global de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los siguientes cargos como a continuación se detallan:

Artículo 2º Crear a partir del 6 de septiembre de 2021, en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR