Resolución número 978 de 2023, por la cual se adopta el Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades de los trabajadores dependientes, independientes y estudiantes al Sistema General de Riesgos Laborales - 21 de Junio de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 936223723

Resolución número 978 de 2023, por la cual se adopta el Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades de los trabajadores dependientes, independientes y estudiantes al Sistema General de Riesgos Laborales

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Agosto de 2023
EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín52433

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de las facultades legales, en especial de las conferidas por el numeral 23 del artículo 2º del Decreto Ley 4107 de 2011, artículos 2.2.4.2.2.7 y 2.2.4.2.5.2. numeral 5) del Decreto número 1072 de 2015, y en desarrollo del artículo 2º de la Ley 1562 de 2012 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2º de la Ley 1562 de 2012, dispuso quienes son los afiliados obligatorios y voluntarios al Sistema General de Riesgos Laborales, estableciendo adicionalmente, que en la reglamentación que se expida para la vinculación de estos trabajadores, se adoptarán todas las obligaciones del Sistema General de Riesgos Laborales que les sean aplicables y con precisión de las situaciones de tiempo, modo y lugar en que se realiza dicha prestación.

Que mediante la Resolución número 881 de 2021, este Ministerio adoptó el Formulario único de Afiliación y Reporte de novedades de trabajadores, contratistas y estudiantes al Sistema General de Riesgos Laborales.

Que, a través de la Ley 2088 de 2021 se reguló la habilitación del trabajo en casa como una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, en el marco de una relación laboral del sector privado, o legal y reglamentaria con el Estado, sin que implique variación de las condiciones laborales establecidas o pactadas al inicio de la relación laboral.

Que, posteriormente, mediante la Ley 2121 de 2021, se incorporó, en el artículo 3º, literal a) la definición de trabajo remoto como una nueva forma de ejecución del contrato de trabajo, que debe ser pactada voluntariamente por las partes y puede ser desarrollada a través de las tecnologías existentes y nuevas, u otros medios y mecanismos que permitan ejercer la labor contratada de manera remota, lo que implica una vinculación laboral con el reconocimiento de los derechos y garantías derivadas de un contrato de trabajo.

Que conforme a los cambios normativos citados, se requiere adoptar un nuevo formulario único de afiliación y reporte de novedades de trabajadores, contratistas y estudiantes al Sistema General de Riesgos Laborales hoy vigente, con el fin de incorporar tales cambios y en consecuencia, derogar la Resolución número 881 de 2021.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

La presente resolución tiene como objeto adoptar el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR