Resolución número 0434 de 2008, por la cual se adjudica un terreno baldío. - 13 de Mayo de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 202638087

Resolución número 0434 de 2008, por la cual se adjudica un terreno baldío.

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín47708

(5) El Director Territorial de Guaviare del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural -Incoder, en ejercicio de las facultades legales y estatutarias, en especial las previstas en el articulo 209 de la Constitucion Politica Nacional, numeral 8 del articulo 21 y articulo 154 de la Ley 1152 de 2007, Decreto 230 de 2008, numerales 8 del articulo 4° y numerales 2 y 6 del articulo 24 del Decreto 4902 de 2007 y la Resolucion de Gerencia General numero 205 de 2008, y CONSIDERANDO:

...

RESUELVE:

Articulo 1°

Adjudicar el predio baldio denominado El Triunfo ubicado en la vereda Diamante II, municipio de Calamar departamento Guaviare, a Rodulfo Rafael Patiño Barahona identificado con cedula de ciudadania numero 4226823, con una extension de doce (12) ha dos mil novecientos quince (2.915) metros cuadrados segun el plano numero 9-1-01125 que hace parte de la presente resolucion, este predio esta ubicado dentro de los siguientes linderos y punto cardinales.

Punto de partida. Se tomo como punto de partida el delta 4 localizado al Noroeste del predio.

Norte: Partiendo del delta 4, en direccion sureste en colindancia con Pedro Martinez Urrego, en 245.35 m, cerca al medio hasta el delta 3.

Este: Del delta 3, en direccion suroeste en colindancia con Luis Felipe Mujica, en 493.36m, cerca al medio hasta el delta 2.

Sur: Del delta 2, en direccion noroeste, en colindancia con Pompeyo Alberto Mancera, en 254.06 m, cerca al medio hasta el delta 1.

Oeste: Del delta 1, en direccion noreste, en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR