Resolución número 0088 de 2009, por la cual se adjudica un terreno baldío. - 10 de Julio de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 212789003

Resolución número 0088 de 2009, por la cual se adjudica un terreno baldío.

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín47766

El Director Territorial de Arauca del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, en ejercicio de las facultades legales y estatutarias, en especial las previstas en el articulo 65 y siguientes de la Ley 160 de 1994 y Decreto numero 2664 de 1994, Decreto 0982 de 1996, el Decreto 4902 de 2007 y la Resolucion numero 551 de mayo de 2009, y CONSIDERANDO:

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RESUELVE:

Articulo 1°

Adjudicar a la señora Nelly Siculaba Siculaba, identiicada con cedula de ciudadania numero 41413151 de Bogota, quien el dia 9 de diciembre de 2005, presento solicitud de adjudicacion del predio denominado Costa Rica I, ubicado en la Vereda La Ceiba, municipio de Arauca, departamento de Arauca, con una extension de setecientos seis (706) hectareas, tres mil ciento veinte (3.120) metros cuadrados, segun el Plano numero 8-4-0988 de febrero de 2007, que hace parte de la presente resolucion, y se encuentra ubicado dentro de los siguientes linderos tecnicos: Punto de Partida: Se tomo como tal del Detalle numero 7A, situado al Noroeste del predio. Colinda asi: Norte: Del Detalle numero 7A, en Direccion Noreste, al Detalle B, en una Longitud de 2496.71 metros, con Zona de Protectora Caño Matepalma.

Este: Del Detalle B, en Direccion Sureste al Detalle numero 10, en una longitud de 2113.69 metros, con Luis Alberto Albarracin. Sur: Del Detalle numero 10, en Direccion Suroeste, al Detalle numero 32, en una Longitud de 3309.01 metros, con Olga Siculaba Siculaba.

Oeste: Del Detalle numero 32, en Direccion Noroeste, al Detalle A, en una longitud de 1423.61 metros con Victor Cenon Peña, del Detalle A en Direccion Noroeste al Detalle 7A, punto de partida, en una Longitud de 1784.35 metros, con Zona Forestal Protectora del Cano Matepalma y encierra. Paragrafo. La presente adjudicacion se hace como excepcion a la norma general que dispone la adjudicacion de terrenos baldios de la Nacion en Unidades Agricolas Familiares (U.A.F.) establecida en la causal 4ª del articulo 1° del Acuerdo 136 del 7 de mayo de 2008, dado que se trata de un terreno baldio en area rural destinado principalmente a explotaciones...

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