Resolución número 0350 de 2008, por la cual se adjudica un terreno baldío. - 30 de Enero de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 245901475

Resolución número 0350 de 2008, por la cual se adjudica un terreno baldío.

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín47968

El Director Territorial de Arauca del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, en ejercicio de las facultades legales y estatutarias, en especial las previstas en el articulo 209 de la Constitucion Politica Nacional, numeral 8 del articulo 21 y articulo 154 de la Ley 1152 de 2007, Decreto 230 de 2008, numeral 8 del articulo 4 y numerales 2 y 6 del articulo 24 del Decreto 4902 de 2007 y la Resolucion de Gerencia General numero 205 de 2008, y CONSIDERANDO:

(...) RESUELVE:

Articulo 1°

Adjudicar al señor Isidoro Rodriguez Duarte, identificado con cedula de ciudadania numero 17584064 expedida en Arauca, Arauca, el terreno baldio denominado La Tapara, ubicado en el departamento de Arauca, municipio de Arauca, vereda El Rosario, cuya extension ha sido calculada en ciento setenta y dos (172) hectareas, dos mil doscientos setenta y un (2.271) metros cuadrados y se identifica por el plano numero 8-4-00361 de julio de 2006, radicado en el Incoder y comprendido dentro de los siguientes linderos: Punto de partida: Se tomo como tal del Detalle numero 103, ubicado en la parte Noroeste del predio. Colinda asi: Norte: Partiendo del Detalle numero 103, punto de partida en Direccion Noreste, al Detalle numero105, en una longitud de 1485.90 metros, con Jose Virgilio Cequera. Este: Del Detalle numero 105, en Direccion Suroeste, al Detalle numero 107, en una longitud de 1360.20 metros con Jose Federico Perez. Sur: Del Detalle 107 en direccion Suroeste al Detalle 110, en una longitud de 984.00 metros con Jose Federico Perez. Oeste: Del Detalle 110, Direccion Noroeste, al Detalle 103, punto de partida en una longitud 1818.30 metros con zona de proteccion Caño el Rosario y encierra. Paragrafo: La presente adjudicacion se hace como excepcion a la norma general que dispone la adjudicacion de terrenos baldios de la Nacion en Unidades Agricolas Familiares (U.A.F) establecida en la numeral 2 del articulo 1° del Acuerdo 136 del 7 de mayo de 2008, se refiere a baldio destinado principalmente a habitacion campesina y pequeñas explotaciones agropecuarias anexas que genera excedente economico capitalizables pero inferior a lo exigido para la unidad agricola familiar en el articulo 80 de la Ley 1152 del 25 de 2007. Articulo 2°. Notificar la presente resolucion en forma personal, al Agente del Ministerio Publico Agrario correspondiente y la peticionaria, en la forma prevista en el articulo 44 y siguientes del Codigo Contencioso Administrativo...

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