Resolucion número 00013 de 1998, por la cual se modifica parcialmente una resolución. - 28 de Enero de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59761371

Resolucion número 00013 de 1998, por la cual se modifica parcialmente una resolución.

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín43227

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren los Decretos 1279 y 2439 de 1994,

RESUELVE:

Artículo 1º Modificar el artículo 4º de la Resolución número 00007 de 1998, el cual quedará del siguiente tenor literal:
Artículo 4º Demostración de la absorción

La absorción de la cosecha nacional de arroz debe ser acreditada con la presentación de uno cualquiera de los tres siguientes documentos:

  1. Fotocopias legibles y completas de las facturas de compraventa o documento similar, de conformidad con las normas vigentes, de la compra de arroz.

    Estas facturas deben contener por lo menos la siguiente información:

    - Nombre, dirección, firma e identificación tributaria del vendedor.

    - Nombre e identificación tributaria del comprador.

    - Producto vendido, cantidad, precio unitario y valor total.

    - Fecha de ejecución de la negociación.

    - Sitio de compra.

  2. Relación de compras de dicho producto, certificada por el revisor fiscal de la sociedad. Esta certificación debe contener por lo menos la siguiente información:

    - Nombre, dirección e identificación tributaria del vendedor y del comprador.

    - Producto vendido, cantidad, precio unitario y valor total.

    - Fecha de ejecución de la negociación.

    - Sitio de compra.

    En el evento que la certificación no suministre la totalidad de la información aquí solicitada, el respectivo revisor fiscal debe dar fe expresamente de que la información no suministrada reposa en los archivos contables de la empresa.

  3. Fotocopia del documento expedido por la Bolsa Nacional Agropecuaria sobre la compra de arroz, con la respectiva constancia de cumplimiento a satisfacción, expedida por dicha entidad.

    Esta documentación debe contener por lo menos la siguiente información:

    - Nombre e identificación tributaria del comprador.

    - Producto comprado, cantidad y valor total.

    - Número de las operaciones.

    Parágrafo 1º. Adicional a los documentos mencionados, se debe anexar certificación expedida por Fedearroz, sobre el valor recaudado y girado por concepto de la cuota de fomento arrocero causado por las compras de arroz reportadas. En caso de que el valor recaudado y girado por cuota...

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