Resolución número ps-gj-1.2.6.17.0660 de 2017, por medio de la cual se regula el valor de los derechos de ingreso y permanencia en sector de Caño Cristales, Macarena, ubicado en el Distrito de Manejo Integrado Macarena Sur y se dictan otras disposiciones - 11 de Mayo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 679167961

Resolución número ps-gj-1.2.6.17.0660 de 2017, por medio de la cual se regula el valor de los derechos de ingreso y permanencia en sector de Caño Cristales, Macarena, ubicado en el Distrito de Manejo Integrado Macarena Sur y se dictan otras disposiciones

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación para el desarrollo Sostenible del Area de Manejo Especial La Macarena
Número de Boletín50230

La Directora General de Cormacarena, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en los artículos 28 y 29 de la Ley 99 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 99 de 1993 en su artículo 23 creó las Corporaciones Autónomas Regionales, como entes corporativos de carácter público, dotados de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica.

Que el artículo 103 de la Ley 173 de 2014 determina que "La jurisdicción de Cormaca-rena comprenderá todo el territorio del departamento del Meta incluido el Área de Manejo Especial La Macarena, delimitado en el Decreto número 1989 de 1989 (...)".

Que el artículo 63 ibídem declara que los Parques Naturales son inalienables, imprescriptibles e inembargables.

Que el artículo 79 ibídem preceptúa que "todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano" y que "Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines".

Que según lo previsto por el numeral 16 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993, corresponde a las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible la función de reservar, alinderar, administrar o sustraer, en los términos y condiciones que fijen la ley y los reglamentos, los distritos de manejo integrado, los distritos de conservación de suelos, las reservas forestales y parques naturales de carácter regional, y reglamentar su uso y funcionamiento. Administrar las Reservas Forestales Nacionales en el área de su jurisdicción".

Que el Decreto número 2811 de 1974 Código de Recursos Naturales y de Protección del Medio Ambiente expone: "Artículo 51. El derecho de usar los recursos naturales renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso, concesión y asociación".

Que el artículo 308 de la citada norma determina: "Es área de manejo especial la que se delimita para administración, manejo y protección del ambiente y de los recursos naturales renovables".

Que en el artículo 309 "La creación de las áreas de manejo especial deberá tener objetos determinados y fundarse en estudios ecológicos y económico-sociales".

Que el artículo 310 ibídem, determina que "Teniendo en cuenta factores ambientales o socioeconómicos, podrán crearse distritos de manejo integrado de recursos naturales renovables, para que constituyan modelos de aprovechamiento racional. Dentro de esos distritos se permitirán actividades económicas controladas, investigativas, educativas y recreativas".

Así mismo el artículo 311 ibídem, señala: "podrían crearse áreas de recreación urbanas y rurales principalmente destinadas a la recreación y a las actividades deportivas".

Que el artículo 14 del Decreto número 2372 de 2010 establece los Distritos de manejo integrado. "Espacio geográfico, en el que los paisajes y ecosistemas mantienen su composición y función, aunque su estructura haya sido modificada y cuyos valores naturales y culturales asociados se ponen al alcance de la población humana para destinarlos a su uso sostenible, preservación, restauración, conocimiento y disfrute".

Que la Corporación mediante Resolución número PS-Gj.1.2.6.13.1445 de 2013 "Reglamenta unas actividades de tipo ecoturístico y se toman otras determinaciones respecto al ingreso de visitantes al sector Cachivera y río Guayabero (DMI) Macarena Sur - Zona de Recuperación para la Preservación Sur, ubicado en el municipio de la Macarena en el departamento del...

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