Resolución número sc-1085 de 2023, por medio de la cual se establece el cronograma del Concurso Público de Méritos Para la Elección del Personero del municipio de Apía, Risaralda, para el Periodo 2024-2028 - 31 de Agosto de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 943221339

Resolución número sc-1085 de 2023, por medio de la cual se establece el cronograma del Concurso Público de Méritos Para la Elección del Personero del municipio de Apía, Risaralda, para el Periodo 2024-2028

EmisorEstablecimientos Públicos - Escuela Superior de Administración Pública
Número de Boletín52504

El Director Nacional de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el numeral 15 del

artículo 15

contenido en el Decreto número 164 de 2021, en el Decreto número 1773 del 26 de agosto de 2022, y.

CONSIDERANDO:

Que el numeral 8 del artículo 313 de la Constitución Política establece que es función de los Concejos Municipales realizar la elección de personero para el periodo que fije la ley.

Que el artículo 170 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 35 de la Ley 1551 de 2012, señaló que los Concejos Municipales o Distritales según el caso, elegirán personeros para periodos institucionales de cuatro (4) años, dentro de los diez (10) primeros días del mes de enero del año en que inicia su periodo constitucional, previo concurso público de méritos de conformidad con la ley vigente. Los personeros así elegidos, iniciarán su periodo el primero de marzo siguiente a su elección y lo concluirán el último día del mes de febrero del cuarto año.

Que la Corte Constitucional en Sentencia C-105 de 2013, señaló que la elección del Personero Municipal por parte del Concejo debe realizarse a través de un concurso público de méritos, sujeto a los estándares generales que la jurisprudencia constitucional ha identificado en la materia, para asegurar el cumplimiento de las normas que regulan el acceso a la función pública, el derecho a la igualdad y el debido proceso.

Que el artículo 2.2.27.1 del Decreto número 1083 de 2015, señala que el personero municipal será elegido de la lista que resulte de un proceso de selección público y abierto adelantado por el concejo municipal, el cual puede efectuarse a través de universidades o instituciones de educación superior públicas o privadas o con entidades especializadas en procesos de selección de personal.

Que el artículo 6º de la Ley 489 de 1998, establece los principios de coordinación y asociación entre entidades públicas, en virtud de los cuales deben garantizar la armonía en el ejercicio de sus funciones a fin de lograr los fines y cometidos estatales.

Que el artículo 95 de la Ley 489 de 1998, dispone que las entidades públicas pueden asociarse con el fin de cooperar en el cumplimiento de sus funciones administrativas o prestar conjuntamente servicios que se...

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