Resolución número sc - 1086 de 2022, por la cual se convoca a elecciones de representantes de los egresados a diferentes cuerpos colegiados de la ESAP - 19 de Septiembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 911641409

Resolución número sc - 1086 de 2022, por la cual se convoca a elecciones de representantes de los egresados a diferentes cuerpos colegiados de la ESAP

EmisorEstablecimientos Públicos - Escuela Superior de Administración Pública
Número de Boletín52162

El Director Nacional de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el numeral 15 del artículo 15 del Decreto número 164 de 2021, el Decreto número 1173 del 26 de agosto de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 164 de 2021 "Por el cual se modifica la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), y se dictan otras disposiciones" dispone en el numeral 15 del artículo 15, que corresponde al Director Nacional de la ESAP "(...) Expedir los actos administrativos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto y funciones de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) (...)";

Que el artículo 56 del Régimen Académico, Acuerdo número 001 del 2018, establece que corresponde a la Dirección Nacional reglamentar los procesos de elección de los cuerpos colegiados;

Que a través del Acuerdo número 008 del 14 de octubre de 2021 "Por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo número 0001 del 6 de agosto de 2018 que adoptó el Régimen Académico de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP)", se modificaron algunos de los artículos relativos a las Instancias de Gestión Académica de la ESAP;

Que el Director Nacional expidió la Resolución número SC- 581 del 12 de marzo de 2020 "Por la cual se expide el Estatuto Electoral de las Instancias de Gestión Académica de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP)" , a través de la cual se reglamenta el proceso de convocatoria y elección de los representantes a los cuerpos colegiados de la ESAP;

Que el Acuerdo número 001 del 6 de agosto de 2018 en su artículo 51, modificado por el artículo 20 del Acuerdo número 008 del 14 de octubre de 2021 determina como estará conformado el Consejo Académico Territorial, en el literal "f) un representante de los egresados elegido por ellos mismos, para un período de 2 años. El representante de los egresados no podrá tener ningún vínculo Laboral o contractual con la ESAP, ni ejercer funciones profesorales";

Que la Resolución número SC- 920 del 7 de julio de 2020, reglamentó los procesos de elección de los representantes en los cuerpos colegiados y modificó la Resolución número SC-581 de 12 de marzo de 2020, en el sentido de establecer calidades que deben cumplir los candidatos a los diferentes cuerpos colegiados;

Que a través de la Resolución número SC- 959 del 17 de julio de 2020, se modificó el artículo 12 de la Resolución número SC- 581 del 12 de marzo de 2020, en lo concerniente a los requisitos para inscribirse como candidato a los cuerpos colegiados;

Que el Decreto número 164 de 2021 en el artículo 9º señala la conformación del Consejo Directivo Nacional numeral 5. "Un (1) egresado de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), elegido por los egresados";

Que por medio de la Resolución número SC- 1041 del 14 de agosto de 2020, se declaró electo como representante de los egresados-graduados ante el Consejo Directivo Nacional, a la señora Diana Paola Gómez Leyton, y como el suplente al señor Iván Darío Vélez, para un período de dos (2) años, el cual se encuentra vencido;

Que en la mencionada Resolución número SC 1041 del 14 de agosto de 2020, se indicó que no habían representantes de los egresados graduados para los Consejos Académicos Territoriales de las Territoriales Cauca y Santander, ya que no se había registrado postulación de candidatos;

Que a través de la Resolución número 151 de 28 de febrero de 2022 se convocó a elecciones de los egresados para los Consejos Académicos Territoriales de Santander y Cauca, e inclusive se hizo necesario convocar la elección del representante de los egresados al Consejo Académico Territorial Chocó, por la apertura de la Dirección Territorial Chocó;

Que mediante la Resolución número 321 del 8 de abril de 2022, se declaró la elección de representantes de los egresados ante los siguientes cuerpos colegiados de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP): Consejo Nacional Académico Territorial Chocó y Consejo Nacional Académico Territorial Cauca;

Que luego de adelantarse el proceso de elección convocado por medio de la Resolución número SC 151 del 28 de febrero de 2022, no quedó electo el egresado al Consejo Académico Territorial Santander;

Que se hace necesario que los cuerpos colegiados cuenten con todos sus miembros, con el fin de garantizar la participación efectiva de todos los integrantes de la comunidad académica, para contribuir al correcto funcionamiento de las instancias de gestión académica de la ESAP;

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE: CAPÍTULO I Convocatoria

Artículo 1º Convocatoria.

Convocar a los egresados de los programas curriculares de la ESAP y las Direcciones Territoriales convocadas, para la elección de sus representantes ante los siguientes cuerpos colegiados:

Artículo 2º Autoridad electoral.

De conformidad con el artículo 3º de la Resolución número SC-581 de 2020, la Subdirección Nacional Académica será la autoridad electoral, siendo la máxima instancia en materia- electoral que estará encargada de establecer, subsanar y aprobar todo lo concerniente al tema electoral que no esté regulado por el Estatuto Electoral. La Subdirección Nacional de Servicios Académicos de la ESAP, prestará el apoyo necesario para el cabal cumplimiento de tales funciones.

Artículo 3º Publicidad del proceso.

La Subdirección Nacional Académica y la Subdirección Nacional de Servicios Académicos, realizarán las labores de promoción y difusión del proceso electoral, conforme las pautas que serán informadas a la comunidad académica.

Parágrafo. A través del correo electrónico votaciones@esap.edu.co, se pueden presentar inquietudes, consultas, quejas o reclamos relacionadas con el proceso electoral, con el fin de tener un canal de comunicación entre la entidad y los estudiantes.

CAPÍTULO II Artículos 4 a 10

Censo electoral e inscripción de candidatos

Artículo 4º Censo electoral.

El censo electoral de los Egresados para el caso del representante ante el Consejo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR