Resolución número sc-1315 de 2022, por la cual se convoca a elecciones de representantes de los egresados a diferentes cuerpos colegiados de la ESAP - 18 de Noviembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 915590007

Resolución número sc-1315 de 2022, por la cual se convoca a elecciones de representantes de los egresados a diferentes cuerpos colegiados de la ESAP

EmisorEstablecimientos Públicos - Escuela Superior de Administración Pública
Número de Boletín52222

El Director Nacional de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el numeral 15 del artículo 15 del Decreto número 164 de 2021, el Decreto número 1173 del 26 de agosto de 2022, y

CONSIDERANDO:

Mediante Decreto número 164 de 2021, por el cual se modifica la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, y se dictan otras disposiciones, dispone en el numeral 15 del artículo 15, que corresponde al Director Nacional de la ESAP "(... ) Expedir los actos administrativos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto y funciones de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP (...)".

Así las cosas, el artículo 56 del Régimen Académico, Acuerdo número 001 del 2018 modificado parcialmente por el Acuerdo número 008 de 2021, establece que corresponde a la Dirección Nacional reglamentar los procesos de elección de los cuerpos colegiados.

Seguidamente, a través del Acuerdo número 008 del 14 de octubre de 2021, por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo número 0001 del 6 de agosto de 2018 que adoptó el Régimen Académico de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), se modificaron algunos de los artículos relativos a las Instancias de Gestión Académica de la ESAP.

El Director Nacional expidió la Resolución número SC-581 del 12 de marzo de 2020, por la cual se expide el Estatuto Electoral de las Instancias de Gestión Académica de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), a través de la cual se reglamenta el proceso de convocatoria y elección de los representantes a los cuerpos colegiados de la

ESAP.

El Acuerdo número 001 del 6 de agosto de 2018 en su artículo 51, modificado por el artículo 20 del Acuerdo número 008 del 14 de octubre de 2021 determina como estará conformado el Consejo Académico Territorial, en el literal "f Un (1) representante de los egresados elegido por ellos mismos, para un período de dos (2) años. El representante de los egresados no podrá tener ningún vínculo laboral o contractual con la ESAP, ni ejercer funciones profesorales".

La Resolución número SC-920 de 7 de julio de 2020, reglamentó los procesos de elección de los representantes en los cuerpos colegiados y modificó la Resolución número SC-581 de 12 de marzo de 2020, en el sentido de establecer las calidades que deben cumplir los candidatos a los diferentes cuerpos colegiados.

A través de la Resolución número SC-959 del 17 de julio de 2020, se modificó el artículo 12 de la Resolución número SC-581 de 12 de marzo de 2020, en lo concerniente a los requisitos para inscribirse como candidato a los cuerpos colegiados.

En igual sentido, el Decreto número 164 de 2021 en el artículo 9º señala la conformación del Consejo Directivo Nacional numeral 5. "Un (1) egresado de fa (sic.) Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, elegido por los egresados" .

Ahora bien, por medio de la Resolución número SC-1041 del 14 de agosto de 2020, se declaró electo como representante de los egresados-graduados ante el Consejo Directivo Nacional, a la señora Diana Paola Gómez Leyton, y como el suplente al señor Iván Darío Vélez, para un período de dos (2) años, el cual se encuentra vencido. Aunado a ello, en la mencionada resolución, se indicó que, para la Dirección Territorial de Santander, el voto en blanco superó el número de votos de la candidata que mayor votación obtuvo, siendo imperativo realizar nuevas elecciones sin la participación de quienes aspiraron a ese comicio.

Es importante mencionar, que mediante la Resolución número 151 de 28 de febrero de 2022, se convocó a elecciones de los egresados para los Consejos Académicos Territoriales de Santander y Cauca, e inclusive se hizo necesario convocar la elección del representante de los egresados al Consejo Académico Territorial Chocó, por la apertura de la Dirección Territorial Chocó. Acto seguido, mediante Resolución número 321 del 8 de abril de 2022, se declaró la elección de representantes de los egresados ante los siguientes cuerpos colegiados de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP): Consejo Nacional Académico Territorial Chocó y Consejo Nacional Académico Territorial Cauca. Luego de adelantarse el proceso de elección convocado por medio de la Resolución número SC 151 del 28 de febrero de 2022, no quedó electo el egresado al Consejo Académico Territorial Santander.

Conviene subrayar, que, mediante Resolución SC-1086 del 16 de Septiembre de 2022, por la cual se convoca a elecciones de representantes de los egresados a diferentes cuerpos colegiados de la ESAP, se convocó a los egresados para elección de los representantes ante el Consejo Directivo Nacional y ante el Consejo Académico Territorial de Santander, en vista a que el periodo de su representante ante la máxima autoridad de la ESAP se encuentra vencido y no se ha provisto la representación ante el Consejo Académico territorial de Santander. Una vez surtido el proceso de la convocatoria, y verificados los requisitos, resulta imperioso aclarar, que ninguno de los candidatos cumplió con ellos; y en ese sentido, mediante Resolución número 1307 del pasado 17 de noviembre de 2022, se declaró desierta en su totalidad la convocatoria en mención.

Finalmente, se hace necesario mencionar, que los cuerpos colegiados deben contar con todos sus miembros, con el fin de garantizar la participación efectiva de todos los integrantes de la comunidad académica, para contribuir al correcto funcionamiento de las instancias de gestión académica de la ESAP.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

CAPÍTULO I Convocatoria Artículos 1 a 3
Artículo 1º Convocatoria.

Convocar a los egresados de los programas curriculares de la ESAP y las Direcciones Territoriales convocadas, para la elección de sus representantes ante los siguientes cuerpos colegiados:

Artículo 2º Autoridad Electoral.

De conformidad con el artículo 3º de la Resolución número SC-581 de 2020, la Subdirección Nacional Académica será la autoridad electoral, siendo la máxima instancia en materia electoral que estará encargada de establecer, subsanar y aprobar todo lo concerniente al tema electoral que no esté regulado por el Estatuto Electoral. La Subdirección Nacional de Servicios Académicos de la ESAP, prestará el apoyo necesario para el cabal cumplimiento de tales funciones.

Artículo 3º Publicidad del proceso.

La Subdirección Nacional Académica y la Subdirección Nacional de Servicios Académicos, realizarán las labores de promoción y difusión del proceso electoral, conforme las...

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