Resolución número sc-162 de 2022, por la cual se convoca a elecciones de representantes de los docentes a los diferentes cuerpos colegiados de la ESAP - 2 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 898521740

Resolución número sc-162 de 2022, por la cual se convoca a elecciones de representantes de los docentes a los diferentes cuerpos colegiados de la ESAP

EmisorEstablecimientos Públicos - Escuela Superior de Administración Pública
Número de Boletín51964

El Director Nacional de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el numeral 15 del artículo 15 del Decreto 164 de 2021, el Decreto 825 del 26 de julio de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 164 de 2021 "por el cual se modifica la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, y se dictan otras disposiciones" dispone en el numeral 15 del artículo 15, que corresponde al Director Nacional de la ESAP "(...) Expedir los actos administrativos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto y funciones de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP (...)".

Que el artículo 56 del Régimen Académico, Acuerdo 0001 del 2018, establece que corresponde a la Dirección Nacional reglamentar los procesos de elección de los cuerpos colegiados.

Que el Director Nacional expidió la Resolución número SC- 581 del 12 de marzo de 2020, "por la cual se expide el Estatuto Electoral de las Instancias- de Gestión Académica de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP)" , a través de la cual se reglamenta el proceso de convocatoria y elección de los representantes a los cuerpos colegiados de la ESAP.

Que la Resolución número SC- 920 de 7 de julio de 2020 reglamentó los procesos de elección de los representantes en los cuerpos colegiados y modificó la Resolución número SC-581 de 12 de marzo de 2020.

Que, a través de la Resolución número SC- 959 del 17 de julio de 2020, se modificó el artículo 12 de la Resolución número SC- 581 de 12 de marzo de 2020, en lo concerniente a los requisitos para inscribirse como candidato a los cuerpos colegiados.

Que, de acuerdo con lo señalado en el artículo 8º de la Resolución número SC- 581 del 12 de marzo de 2020, en todas las ocasiones a que haya lugar, mediante acto administrativo motivado se expedirá el proceso y procedimiento de convocatoria y elección de los representantes a los diferentes cuerpos colegiados.

Que el artículo 9º numeral 8 del Decreto 164 de 2021 establece la forma como se integra el Consejo Directivo Nacional, dentro de los cuales determina "Un (1) profesor de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, elegido por el profesorado" .

A su vez, el artículo 11 numeral 6 del referido decreto indica la manera como se conforma el Consejo Académico Nacional, dentro de los cuales se encuentran "Dos (2) representantes de los profesores de carrera docente elegidos por los profesores de carrera, uno por la -sede central y otro por las direcciones territoriales, para un período de dos (2) años, por convocatoria del Director Nacional" .

Que mediante la Resolución 1042 del 14 de agosto del 2020 "por la cual se declara la elección de representantes de los docentes a los cuerpos colegiados de la ESAP" , en el artículo primero se declaró electo como representante de los docentes de la Sede Central ante el Consejo Académico Nacional de la ESAP, al profesor Jorge Iván Marín Taborda, identificado con cédula de ciudadanía 19341050, para un período de dos (2) años.

Que, mediante Resolución número SC 1102 del 26 de abril de 2019, "por la cual se declara la elección de los representantes de los cuerpos colegiados del Consejo Directivo Nacional y el Consejo Académico Nacional de la ESAP", artículo 2º, se declaró electo como representante de los profesores ante el Consejo Directivo Nacional al profesor Mauricio Betancourt García, cuyo período venció el 26 de abril de 2021.

Que, a través de la referida resolución en el artículo 5º, se declaró electo como representante de los docentes de las Direcciones Territoriales ante el Consejo Académico Nacional al profesor Nelson Darío Rincón García, cuyo período venció el 26 de abril de 2021.

Que, a través del Acuerdo número 008 del 14 de octubre de 2021, "por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo número 0001 del 6 de agosto de 2018 que adoptó el Régimen Académico de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP)" , se modificaron los artículos relativos a las Instancias de Gestión Académica de la ESAP, dentro de los cuales se estableció en el artículo 14 que modificó el artículo 45 del acuerdo número 001 de 2018, señalando la conformación del Comité Nacional de Bienestar Universitario, y para tales efectos establece que entre otros lo conforma un (1) profesor de carrera de las sedes territoriales, elegido por los profesores para un período de dos años.

Que, en el mencionado Acuerdo, se señala en el artículo 25, transitorio, "Mientras se realiza la provisión de los empleos de los docentes de carrera, derivados del Decreto 165 de 2021, y los mismos ingresan definitivamente a la planta de la escuela, las elecciones de los representantes de los cuerpos colegiados podrán adelantarse con profesores no vinculados a la carrera profesoraly completar su período, y, en todo caso, la representación no podrá superar el tiempo para el cual fue elegido" .

Que se hace necesario integrar los diferentes cuerpos colegiados, con el fin de garantizar la participación efectiva de elección popular de los profesores y contribuir al correcto funcionamiento de las instancias de gestión académica de la ESAP.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

CAPÍTULO I Convocatoria Artículos 1 a 4
Artículo 1

º. Convocatoria. Convocar a los profesores de la Sede Central, y de las Direcciones Territoriales de la ESAP, para la elección de los representantes de profesores ante los cuerpos colegiados de la Escuela que se encuentran vacantes, definir el cronograma y términos de la misma.

Artículo 2º Cuerpos Colegiados.

Mediante la presente resolución, se convoca a elección de los representantes de los profesores ante los siguientes cuerpos colegiados:

1. Consejo Directivo Nacional:

Un (1) profesor de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, elegido por el profesorado para un período de dos (2) años.

2. Consejo Académico Nacional:

Un (1) representante de los profesores de carrera docente elegido por los profesores de carrera por las direcciones territoriales, para un período de dos (2) años.

3. Comité Nacional de Bienestar Universitario:

Un (1) profesor de carrera de las sedes territoriales, elegidos por los profesores para un período de dos años.

4. Consejo Académico Territorial de Chocó:

Un (1) representante de los profesores de carrera de la Dirección Territorial, elegido por los profesores para un período de dos (2) años.

Artículo 3º Coordinación del Proceso Electoral.

La Subdirección Nacional Académica de la ESAP será...

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