Resolución número sc-612 de 2021, por la cual se crean grupos internos de trabajo en las Direcciones Territoriales - 18 de Mayo de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 868495422

Resolución número sc-612 de 2021, por la cual se crean grupos internos de trabajo en las Direcciones Territoriales

EmisorEstablecimientos Públicos - Escuela Superior de Administración Pública
Número de Boletín51678

El Director Nacional de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las previstas en el numeral 20 del artículo 15 del Decreto 164 de 2021, las conferidas mediante Decreto número 203 del 25 de febrero del 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 115, de la Ley 489 de 1998, autoriza la creación y organización de grupos internos de trabajo con carácter permanente, destinados a atender las necesidades del servicio y cumplir con eficiencia y eficacia los objetivos, políticas y programas de un organismo o entidad;

Que el numeral 20 del artículo 15, del Decreto 164 de 2021, señala como una de las funciones del Director Nacional la creación y organización, con carácter permanente o transitorio, de grupos internos de trabajo;

Que los Decretos 164 y 165 de 2021 modificaron la estructura y la planta de personal de la ESAP; por consiguiente, es necesario crear y señalar las funciones de los grupos académicos y administrativos de la direcciones Territoriales, con el fin de garantizar el cumplimiento de las funciones asignadas a las direcciones territoriales.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Créase en cada dirección territorial los grupos internos de trabajo, de carácter permanente, denominados: Grupo Académico, y Grupo Administrativo y Financiero.
Artículo 2º Son funciones del Grupo Académico:
  1. Adelantar las acciones necesarias para controlar la ejecución de los procesos, actividades, planes y programas de gestión académica, de acuerdo con las directrices del respectivo director territorial.

  2. Ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos de gestión académica a cargo de la Dirección Territorial.

  3. Adelantar las acciones tendientes para cumplir los procesos institucionales de formación, servicios académicos e investigación, bajo las orientaciones del director territorial.

  4. Coordinar el desarrollo y hacer la evaluación de los programas académicos de pregrado y posgrado, en la jurisdicción de competencia de la territorial, y proponer, según los resultados de los indicadores de evaluación y seguimiento, la apertura de los programas.

  5. Ejecutar estrategias y proyectos destinados a fomentar la creación, invención e investigación de alternativas de innovación y mejoramiento de los conocimientos científicos y habilidades tecnológicas en el campo de la administración...

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