Resolución número sspd-20151300028525 de 2015, por la cual se modifica la Resolución SSPD 20151300020385 de 2015 - 27 de Agosto de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 581462550

Resolución número sspd-20151300028525 de 2015, por la cual se modifica la Resolución SSPD 20151300020385 de 2015

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Número de Boletín49617

La Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial las que le confiere el numeral 4 del artículo 79 de la ley 142 de 1994, modificado por el artículo 13 de la Ley 689 de 2001, el artículo 10 de la Ley 1314 de 2009 y el artículo 13 del Decreto número 990 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 53 de la Ley 142 de 1994 y 14 de la Ley 689 de 2001, establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Único de Información (SUI), que se surtirá de la información proveniente de los prestadores de servicios públicos sujetos a su inspección, vigilancia y control;

Que con fundamento en lo anterior, la Superintendencia expidió la Resolución SSPD 20151300020385, el 29 de julio de 20151, señalando en el artículo 3º los plazos para el cargue oportuno de la información requerida, los cuales oscilan entre el 25 y el 31 de agosto de 2015, de conformidad a los dos últimos dígitos del ID del prestador de servicios públicos;

1 "Por la cual se establecen los requerimientos de información del Estado de Situación Financiera de Apertura (ESFA), en la fecha de transición para los prestadores de servicios públicos domiciliarios, clasificados en: Grupo 2, voluntarias grupo 1 o Resolución número 414 de la Contaduría General de la Nación".

Que por su parte, la Contaduría General de la Nación como autoridad de regulación en materia de contabilidad pública, expidió la Resolución número 437 del 12 de agosto de 2015, "por la cual se establece la información a reportar, los requisitos y los plazos de envío a la Contaduría General de la Nación para las entidades públicas sujetas al ámbito de la Resolución número 414 del 8 de septiembre de 2014", señalando en su artículo 4º como fecha límite de reporte del Estado de Situación Financiera de Apertura (ESFA), para las entidades allí señaladas, el 15 de octubre de 2015;

Que con el propósito de unificar las fechas de reporte del...

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