Resolución número sspd - 20161300019435 de 2016, por medio de la cual se modifica el Capítulo 2 del Título 1 del Anexo de la Resolución número SSPD 20151300054195 relacionado con la información a cargar en el Sistema Único de 1nformación por parte de las alcaldías municipales y distritales - 19 de Julio de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 645661469

Resolución número sspd - 20161300019435 de 2016, por medio de la cual se modifica el Capítulo 2 del Título 1 del Anexo de la Resolución número SSPD 20151300054195 relacionado con la información a cargar en el Sistema Único de 1nformación por parte de las alcaldías municipales y distritales

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Número de Boletín49939

La Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, en ejercicio de sus facultades legales y en particular las conferidas por los artículos 53 y 79 numeral 4 de la Ley 142 de 1994, y el artículo 14 de la Ley 689 de 2001,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 53 de la Ley 142 de 1994 y 14 de la Ley 689 de 2001, corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en desarrollo de sus funciones de inspección y vigilancia, establecer, administrar, mantener y operar un sistema de información que se surtirá de la información proveniente de los prestadores de servicios públicos sujetos a su control, inspección y vigilancia, para que su presentación al público sea confiable.

Que dicho Sistema Único de Información SUI tiene dentro de sus propósitos principales, servir de base a la Superintendencia de Servicios Públicos en el cumplimiento de sus funciones de control, inspección y vigilancia, así como de las funciones asignadas a los ministerios y demás autoridades que tenga competencia en el sector de los servicios públicos de que tratan las Leyes 142 y 143 de 1994.

Que la Resolución número SSPD 20151300054195 del 15 de diciembre de 2015 en su artículo 1, regula el cargue de información al SUI para alcaldías municipales y distritales y autoridades ambientales.

Que mediante el Decreto 596 del 11 de abril de 2016, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio modificó y adicionó el Decreto 1077 de 2015 en lo relativo con el esquema de la actividad de aprovechamiento del servicio público de aseo y el régimen transitorio para la formalización de los recicladores de oficio.

Que el parágrafo 2º del artículo 2.3.2.5.5.1 del Decreto 1077 del 2015, adicionado por el Decreto 596 del 11 de abril de 2016, establece como responsabilidad de los entes territoriales al inicio de cada periodo de gobierno municipal o distrital, evaluar con la participación de los recicladores de oficio, la necesidad de actualizar el censo de recicladores.

Que el parágrafo 1º del artículo 12 de la Resolución 0276 de 2016 proferida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, estipula que las organizaciones de recicladores de oficio en proceso de formalización como personas prestadoras de la actividad de aprovechamiento, deberán...

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