Resolución número sspd 20231000025195 de 2023, por medio de la cual se modifica la Resolución número SSPD 20211000512655 del 22 de septiembre de 2021, 'por la cual se adopta el procedimiento de vinculación formativa y desarrollo de las prácticas laborales y la judicatura Ad Honorem, en la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios' - 8 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 923397775

Resolución número sspd 20231000025195 de 2023, por medio de la cual se modifica la Resolución número SSPD 20211000512655 del 22 de septiembre de 2021, 'por la cual se adopta el procedimiento de vinculación formativa y desarrollo de las prácticas laborales y la judicatura Ad Honorem, en la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios'

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Número de Boletín52302

El Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios en ejercicio de las facultades legales y especialmente las contempladas en la Ley 1780 de 2016, la Ley 1955 de 2019, el Decreto número 1369 de 2020 y,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política, en el artículo 1º, consagra que Colombia es un Estado social de derecho, democrático y participativo y, en el artículo 2º, dentro de sus fines esenciales contempla: facilitar la participación de todos en la vida política, administrativa y cultural.

Que el artículo 45 de la Carta Política ordena al Estado y a la sociedad garantizar la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados, que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud.

Que de conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura.

Que es deber, de acuerdo con la Constitución y la ley, generar espacios de participación en los cuales los jóvenes puedan poner en práctica los conocimientos adquiridos en las instituciones superiores y al mismo tiempo prestar un servicio a la comunidad, con el fin de obtener la formación integral de conformidad con los cometidos estatales.

Que el artículo 13 de la Ley 1780 de 2016, señala que el Gobierno nacional, a través del Ministerio del Trabajo y el Departamento Administrativo de la Función Pública, debe desarrollar y reglamentar una política que incentive, fomente y coordine los programas de jóvenes talentos, orientados a que jóvenes sin experiencia puedan realizar prácticas laborales, judicatura o relación docencia de servicio en el área de la salud, en entidades públicas, las cuales contarán como experiencia para el acceso al servicio público.

Que el parágrafo 1º del artículo 13 de la Ley 1780 de 2016, estipula que las entidades del sector público podrán realizar la vinculación formativa del practicante o judicante, sin que sea obligatorio la celebración de convenios con la Institución Educativa, a menos que la institución así lo solicite, en el marco de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR