Resolución número sspd - 20241000082275 de 2024, por la cual se adiciona la Resolución SSPD 20231000401855 del 19 de julio de 2023, por la cual se realizó el levantamiento parcial de la suspensión de pagos - 4 de Marzo de 2024 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 1027002681

Resolución número sspd - 20241000082275 de 2024, por la cual se adiciona la Resolución SSPD 20231000401855 del 19 de julio de 2023, por la cual se realizó el levantamiento parcial de la suspensión de pagos

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Número de Boletín52688

El Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las contenidas en la Ley 142 de 1994, el Decreto número 1369 de 2020, el artículo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y el artículo 9.1.1.1.1 del Decreto número 2555 de 2010, y,CONSIDERANDO:Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 370 de la Constitución Política y 75 de la Ley 142 de 19941, el Presidente de la República ejerce por medio de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), las funciones de inspección, vigilancia y control de las entidades que prestan los servicios públicos domiciliarios.Que el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios tiene la facultad de tomar posesión de los prestadores de estos servicios, en los casos y para los efectos previstos en la Ley 142 de 1994, cuando se configure alguna de las causales contenidas en el artículo 59 ibídem.Que, a los procesos de toma de posesión de empresas prestadoras de estos servicios, le son aplicables las normas relativas a la liquidación de instituciones financieras, esto es, el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y sus decretos reglamentarios, en cuanto sean pertinentes, de conformidad con la remisión contenida en el artículo 121 de la Ley 142 de 1994.Que mediante Resolución número 20231000173785 del 2 de marzo de 2023, la SSPD ordenó la toma de posesión de la Empresa de Servicios Públicos de Valledupar S.A. ESP (EMDUPAR S.A. ESP), por encontrarse incursa en las causales 59.1 y 59.7 del artículo 59 de la Ley 142 de 1994, y se ordenó la suspensión de pagos, de las obligaciones que se causaron hasta el momento en que se efectuó la toma de posesión.Que mediante Resolución SSPD 20231000196105 del 15 de marzo de 2023, se designó como Agente Especial de la EMDUPAR S.A. ESP al ingeniero Pablo Andrés Jaramillo Reyes, quien tomó posesión del cargo el 17 de marzo de 2023, y, desde entonces, desempeña las funciones señaladas en el artículo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el artículo 9.1.1.2.4 del Decreto 2555 de 2010, la Ley 142 de 1994 y demás normas aplicables a la prestación de los servicios a cargo de la intervenida.Que el parágrafo segundo del artículo 9.1.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010, dispone en referencia a la facultad de suspensión de pagos, "En desarrollo de la facultad de suspender los pagos, la Superintendencia Financiera de Colombia2, de acuerdo con la situación de la entidad y las causas que originaron la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR