Resolución Procedencia de Consulta Previa ST -1089 de 2021 - Normativa - VLEX 907311575

Resolución Procedencia de Consulta Previa ST -1089 de 2021

Fecha10 Agosto 2021
Número de resoluciónResolución Procedencia de Consulta Previa ST -1089 de 2021
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DEL INTERIOR
DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE CONSULTA PREVIA
RESOLUCIÓN NÚMERO ST- 1089 DE 10 AGO 2021
Sobre la procedencia de la consulta previa con comunidades étnicas para proyectos,
obras o actividades”
LA SUBDIRECTORA TÉCNICA DE LA DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD
NACIONAL DE CONSULTA PREVIA
En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas
en el artículo 16 A del numeral 1 del Decreto 2353 de 2019 y la Resolución 1084
de 5 de octubre de 2020 y Acta de Posesión de 13 de octubre de 2020 y,
CONSIDERANDO
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DANCP
Que mediante el Decreto Ley 2893 de 2011, modificado por los Decretos 1140 de 2018 y
2353 de 2019, se modificaron los objetivos, la estructura orgánica y funciones del
Ministerio del Interior y se integra el Sector Administrativo del Interior.
Que mediante el Decreto 2353 de 2019, se creó la Dirección de la Autoridad Nacional de
Consulta Previa, y las Subdirecciones Técnica de Consulta Previa, de Gestión de
Consulta Previa y Corporativa.
Que el numeral 1º del artículo 16 A del citado decreto, le asignó a la Subdirección Técnica
de Consulta Previa de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, la función
de Determinar la procedencia y oportunidad de la consulta previa para la adopción de
medidas administrativas y legislativas y la ejecución de los proyectos, obras, o
actividades, de acuerdo con el criterio de afectación directa, y con fundamento en los
estudios jurídicos, cartográficos, geográficos o espaciales que se requieran”.
Que, en consideración con los antecedentes normativos descritos, por medio del presente
acto administrativo, se procederá a desarrollar el análisis de procedencia de la consulta
previa para el caso en concreto.
Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 2 de julio de 2021, el oficio con radicado
externo EXTMI2021-10888, por medio del cual el señor OSCAR QUIROGA BECERRA,
identificada con cédula de ciudadanía N° 17.805.596, quien obra en calidad de persona
natural, solicita a esta Dirección se pronuncie sobre la procedencia de la consulta previa
con comunidades étnicas para el proyecto: PROYECTO DE EXPLOTACIÓN A CIELO
ABIERTO DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN EN EL ÁREA DEL CONTRATO DE
CONCESIÓN NO. RH4-08521, LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE CIMITARRA,
DEPARTAMENTO DE SANTANDER, localizado en jurisdicción del municipio de
Cimitarra, en el departamento de Santander, identificado con las siguientes coordenadas:
CONTINUACIÓN RESOLUCIÓN NÚMERO ST- 1089 DE 10 AGO 2021
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- Área Intervención:
PUNTO
X = ESTE
Y = NORTE
1
1001298,000
1213063,000
2
1001298,000
1212500,000
3
1000567,000
1212500,000
4
1000514,233
1212658,300
5
1000697,000
1212863,001
6
1000472,998
1213062,988
- Área Influencia:
PUNTO
X = ESTE
Y = NORTE
1
1000411,090
1213063,570
2
1000463,120
1212997,530
3
1000481,900
1212945,850
4
1000489,130
1212925,750
5
1000519,480
1212908,530
6
1000546,940
1212876,950
7
1000552,720
1212848,240
8
1000557,050
1212786,510
9
1000538,270
1212743,450
10
1000503,590
1212704,690
11
1000489,140
1212651,570
12
1000496,370
1212572,620
13
1000515,150
1212535,300
14
1000574,400
1212482,180
15
1000630,760
1212476,440
16
1000606,190
1212444,860
17
1000601,860
1212424,770
18
1000611,980
1212390,310
19
1000639,430
1212358,730
20
1000658,220
1212327,150
21
1000674,110
1212286,960
22
1000666,890
1212248,200
23
1000656,770
1212228,100
24
1000720,360
1212174,990
25
1000751,030
1212153,060
26
1000781,380
1212158,800
27
1000810,280
1212186,080
28
1000837,740
1212213,360
29
1000852,180
1212275,080
30
1000807,390
1212332,500
31
1000808,830
1212375,570
32
1000776,230
1212411,120
33
1000784,250
1212444,990
34
1000832,390
1212468,900
35
1001298,700
1212500,470
36
1001298,690
1213062,340
Fuente: Coordenadas suministradas por el solicitante a través del radicado externo EXTMI2021-10888 del 2 de julio de
2021, las cuales son objeto del presente análisis.

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