Resolución Procedencia de Consulta Previa ST -1178 de 2021 - Normativa - VLEX 907312205

Resolución Procedencia de Consulta Previa ST -1178 de 2021

Fecha26 Agosto 2021
Número de resoluciónResolución Procedencia de Consulta Previa ST -1178 de 2021
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DEL INTERIOR
DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE CONSULTA PREVIA
RESOLUCIÓN NÚMERO ST- 1178 DE 24 AGO 2021
Sobre la procedencia de la consulta previa con comunidades étnicas para proyectos,
obras o actividades”
LA SUBDIRECTORA TÉCNICA DE LA DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD
NACIONAL DE CONSULTA PREVIA
En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas
en el artículo 16 A del numeral 1 del Decreto 2353 de 2019 y la Resolución 1084
de 5 de octubre de 2020 y Acta de Posesión de 13 de octubre de 2020 y,
CONSIDERANDO
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Que mediante el Decreto Ley 2893 de 2011, modificado por los Decretos 1140 de 2018 y
2353 de 2019, se modificaron los objetivos, la estructura orgánica y funciones del
Ministerio del Interior y se integra el Sector Administrativo del Interior.
Que mediante el Decreto 2353 de 2019, se creó la Dirección de la Autoridad Nacional de
Consulta Previa, y las Subdirecciones Técnica de Consulta Previa, de Gestión de
Consulta Previa y Corporativa.
Que el numeral 1º del artículo 16 A del citado decreto, le asignó a la Subdirección Técnica
de Consulta Previa de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, la función
de Determinar la procedencia y oportunidad de la consulta previa para la adopción de
medidas administrativas y legislativas y la ejecución de los proyectos, obras, o
actividades, de acuerdo con el criterio de afectación directa, y con fundamento en los
estudios jurídicos, cartográficos, geográficos o espaciales que se requieran”.
Que, en consideración con los antecedentes normativos descritos, por medio del presente
acto administrativo, se procederá a desarrollar el análisis de procedencia de la consulta
previa para el caso en concreto.
Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 16 de julio de 2021, el oficio con radicado
externo EXTMI2021-11606, por medio del cual el señor DIEGO FERNANDO MESA
SALAMANCA, identificado con Cedula de Ciudadanía N° 80.097.067, quien obra en
calidad de Representante legal de la empresa CONSORCIO 5 MUELLES, con NIT
901443098-0, solicita a esta Dirección se pronuncie sobre la procedencia de la consulta
previa con comunidades étnicas para el proyecto: CONSTRUCCIÓN DE MUELLES
FLUVIALES EN LAS AREAS NO MUNICIPALIZADAS DE LA CHORRERA Y LA
PEDRERA, DEPARTAMENTO DEL AMAZONAS CONTRATO INVIAS 1822 2020”,
localizado en jurisdicción de las de las Áreas No Municipalizadas (ANM) de La Pedrera y
La Chorrera, en el departamento de Amazonas, identificado con las siguientes
coordenadas:

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