Resolución Procedencia de Consulta Previa ST -1255 de 2021 - Normativa - VLEX 907312306

Resolución Procedencia de Consulta Previa ST -1255 de 2021

Fecha09 Septiembre 2021
Número de resoluciónResolución Procedencia de Consulta Previa ST -1255 de 2021
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DEL INTERIOR
DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE CONSULTA PREVIA
RESOLUCIÓN NÚMERO ST- 1255 DE 09 SEPT 2021
Sobre la procedencia de la consulta previa con comunidades étnicas para proyectos,
obras o actividades”
LA SUBDIRECTORA TÉCNICA DE LA DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD
NACIONAL DE CONSULTA PREVIA
En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas
en el artículo 16 A del numeral 1 del Decreto 2353 de 2019 y la Resolución 1084
de 5 de octubre de 2020 y Acta de Posesión de 13 de octubre de 2020 y,
CONSIDERANDO
Página 1 de 17
Que mediante el Decreto Ley 2893 de 2011, modificado por los Decretos 1140 de 2018 y
2353 de 2019, se modificaron los objetivos, la estructura orgánica y funciones del
Ministerio del Interior y se integra el Sector Administrativo del Interior.
Que mediante el Decreto 2353 de 2019, se creó la Dirección de la Autoridad Nacional de
Consulta Previa, y las Subdirecciones Técnica de Consulta Previa, de Gestión de
Consulta Previa y Corporativa.
Que el numeral 1º del artículo 16 A del citado decreto, le asignó a la Subdirección Técnica
de Consulta Previa de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, la función
de Determinar la procedencia y oportunidad de la consulta previa para la adopción de
medidas administrativas y legislativas y la ejecución de los proyectos, obras, o
actividades, de acuerdo con el criterio de afectación directa, y con fundamento en los
estudios jurídicos, cartográficos, geográficos o espaciales que se requieran”.
Que, en consideración con los antecedentes normativos descritos, por medio del presente
acto administrativo, se procederá a desarrollar el análisis de procedencia de la consulta
previa para el caso en concreto.
Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 12 de agosto de 2021, el oficio con
radicado externo EXTMI2021-13167, por medio del cual el señor JAIME EDUARDO DE
LUQUE PALENCIA, identificado con Cédula de Ciudadanía N° 85.434.872, en calidad de
Representante Legal de la empresa PROMIGAS S.A. E.S.P. con Nit.890.105.526-3,
solicita a esta Dirección se pronuncie sobre la procedencia de la consulta previa con
comunidades étnicas para el proyecto: NEGUANJE II PARA LA CONSTRUCCIÓN Y
OPERACIÓN DE UNA ESTACIÓN DE REGULACIÓN DE PRESIÓN Y ÁREAS
ADICIONALES localizado en jurisdicción del municipio de Santa Marta, en el
departamento de Magdalena, identificado con las siguientes coordenadas:
CONTINUACIÓN RESOLUCIÓN NÚMERO ST- 1255 DE 09 SEPT 2021
Página 2 de 17
Área de Intervención
PUNTO
X
Y
1
4876912,84
2800292,69
2
4876896,59
2800310,33
3
4876920,84
2800332,68
4
4876937,09
2800315,03
Área de Influencia
ID
Y
0
2800449,964
1
2800302,107
2
2800275,243
3
2800272,468
4
2800240,854
5
2800237,847
6
2800267,548
7
2800257,345
8
2800232,215
9
2800212,053
10
2800215,109
11
2800216,685
12
2800221,876
13
2800224,502
14
2800225,718
15
2800194,941
16
2800194,545
17
2800186,556
18
2800190,865
19
2800172,447
20
2800174,07
21
2800117,073
22
2800104,014
23
2800077,767
24
2800082,277
25
2800066,288
26
2800051,807
27
2800047,633
28
2800059,222
29
2800061,046
30
2800096,079
31
2800125,696
32
2800105,308
33
2800105,138
34
2800104,556
35
2800104,069
36
2800085,359
37
2800072,385
38
2800031,651
39
2800025,975
40
2800007,149
41
2800007,345
42
2800029,503
43
2800045,108
44
2800060,108
45
2800079,652
46
2800092,38
47
2800107,414
48
2800116,72
49
2800122,605
50
2800118,114
51
2800134,169
52
2800141,156
53
2800135,534
54
2800124,176
55
2800118,534
56
2800115,184
57
2800111,805
58
2800099,31
59
2800094,819
60
2800089,168
61
2800073,199
62
2800068,665

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR