Resolución Procedencia de Consulta Previa ST -1245 de 2021 - Normativa - VLEX 907312315

Resolución Procedencia de Consulta Previa ST -1245 de 2021

Fecha08 Septiembre 2021
Número de resoluciónResolución Procedencia de Consulta Previa ST -1245 de 2021
REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DEL INTERIOR
DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE CONSULTA PREVIA
RESOLUCIÓN NÚMERO ST- 1245 DE 08 SEPT 2021
Sobre la procedencia de la consulta previa con comunidades étnicas para proyectos,
obras o actividades”
LA SUBDIRECTORA TÉCNICA DE LA DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD NACIONAL
DE CONSULTA PREVIA
En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el
artículo 16 A del numeral 1 del Decreto 2353 de 2019 y la Resolución 1084 de 5 de
octubre de 2020 y Acta de Posesión de 13 de octubre de 2020 y,
CONSIDERANDO
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DANCP
Que mediante el Decreto Ley 2893 de 2011, modificado por los Decretos 1140 de 2018 y
2353 de 2019, se modificaron los objetivos, la estructura orgánica y funciones del
Ministerio del Interior y se integra el Sector Administrativo del Interior.
Que mediante el Decreto 2353 de 2019, se creó la Dirección de la Autoridad Nacional de
Consulta Previa, y las Subdirecciones Técnica de Consulta Previa, de Gestión de
Consulta Previa y Corporativa.
Que el numeral 1º del artículo 16 A del citado decreto, le asignó a la Subdirección Técnica
de Consulta Previa de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, la función
de Determinar la procedencia y oportunidad de la consulta previa para la adopción de
medidas administrativas y legislativas y la ejecución de los proyectos, obras, o
actividades, de acuerdo con el criterio de afectación directa, y con fundamento en los
estudios jurídicos, cartográficos, geográficos o espaciales que se requieran”.
Que, en consideración con los antecedentes normativos descritos, por medio del presente
acto administrativo, se procederá a desarrollar el análisis de procedencia de la consulta
previa para el caso en concreto.
Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 9 de agosto de 2021, el oficio con
radicado externo EXTMI2021-12919, por medio del cual la señora JULIANA HORRILLO
AMADO, identificada con cédula de ciudadanía 40.439.257 en calidad de
representante legal del CONSORCIO WEEZING 2019 con Nit. 901.430.332 - 3, solicita a
esta Dirección se pronuncie sobre la procedencia de la consulta previa con comunidades
étnicas para el proyecto: CONSTRUCCIÓN DE OBRAS PARA LA PUESTA EN
SERVICIO DE LOS MUELLES DE PUERTO NARIÑO AMAZONAS.localizado en
jurisdicción del municipio de Puerto Nariño, en el departamento del Amazonas,
identificado con las siguientes coordenadas:

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