Resolución Procedencia de Consulta Previa ST -1286 de 2021 - Normativa - VLEX 907312382

Resolución Procedencia de Consulta Previa ST -1286 de 2021

Fecha16 Septiembre 2021
Número de resoluciónResolución Procedencia de Consulta Previa ST -1286 de 2021
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DEL INTERIOR
DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE CONSULTA PREVIA
RESOLUCIÓN NÚMERO ST- 1286 DE 16 SEPT 2021
Sobre la procedencia de la consulta previa con comunidades étnicas para proyectos,
obras o actividades”
LA SUBDIRECTORA TÉCNICA DE LA DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD
NACIONAL DE CONSULTA PREVIA
En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas
en el artículo 16 A del numeral 1 del Decreto 2353 de 2019 y la Resolución 1084
de 5 de octubre de 2020 y Acta de Posesión de 13 de octubre de 2020 y,
CONSIDERANDO
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DANCP
Que mediante el Decreto Ley 2893 de 2011, modificado por los Decretos 1140 de 2018 y
2353 de 2019, se modificaron los objetivos, la estructura orgánica y funciones del
Ministerio del Interior y se integra el Sector Administrativo del Interior.
Que mediante el Decreto 2353 de 2019, se creó la Dirección de la Autoridad Nacional de
Consulta Previa, y las Subdirecciones Técnica de Consulta Previa, de Gestión de
Consulta Previa y Corporativa.
Que el numeral 1º del artículo 16 A del citado decreto, le asignó a la Subdirección Técnica
de Consulta Previa de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, la función
de Determinar la procedencia y oportunidad de la consulta previa para la adopción de
medidas administrativas y legislativas y la ejecución de los proyectos, obras, o
actividades, de acuerdo con el criterio de afectación directa, y con fundamento en los
estudios jurídicos, cartográficos, geográficos o espaciales que se requieran”.
Que, en consideración con los antecedentes normativos descritos, por medio del presente
acto administrativo, se procederá a desarrollar el análisis de procedencia de la consulta
previa para el caso en concreto.
Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 05 de agosto de 2021, el oficio con
radicado externo EXTMI2021-12769, por medio del cual el señor MARCO TULIO
MENDEZ FONSECA, identificado con cédula de Extranjería 442.663, quien obra en
calidad de representante legal del CONSORCIO MECO VIAL, solicita a esta Dirección se
pronuncie sobre la procedencia de la consulta previa con comunidades étnicas para el
proyecto: EXPLOTACIÓN DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN (ARENA Y
GRAVAS) DE SEIS (6) FUENTES DE MATERIALES DE TIPO AUTORIZACIONES
TEMPORALES PARA SU APROVECHAMIENTO EN EL PROYECTO TRANSVERSAL
DEL LIBERTADOR 2, localizado en jurisdicción del municipio de La Plata en el
departamento de Huila, y localizado en jurisdicción de los municipios de Inza y Paez en el
departamento del Cauca, identificado con las siguientes coordenadas:

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