RESOLUCION 264 RD 4898 - 28 de Mayo de 2012 - Registro distrital - Legislación - VLEX 435179930

RESOLUCION 264 RD 4898

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4898 28 MAYO 2012
EmisorUnidad Administrativa de Servicios Públicos - Uaesp
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 46 • Número 4898 • pP. 1-12 • 2012 • MAYO 28
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UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS
PÚBLICOS - UAESP -
Resolución Número 264
(Mayo 3 de 2012)
Por la cual se adopta el Reglamento Comercial
y Financiero para la concesión bajo la gura
de área de servicio exclusivo la prestación del
servicio de recolección, transporte, almacena-
miento temporal y entrega para disposición nal
de residuos peligrosos hospitalarios y similares
generados en la ciudad de Bogotá D.C, y sin
exclusividad la actividad de tratamiento.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD
ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS
PÚBLICOS - UAESP -
En ejercicio de las facultades legales, en especial
las conferidas en el Acuerdo No. 001 de 2012,
en concordancia con el Acuerdo 004 de 2008 del
Consejo Directivo de la Unidad Administrativa
Especial de Servicios Públicos y de conformi-
dad con las normas establecidas en la Ley 80 de
1993; la Ley 1150 de 2007; en el Decreto 0734 de
2012 y demás normas complementarias y,
CONSIDERANDO:
Que la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE
SERVICIOS PÚBLICOS UAESP, es una Unidad
Administrativa Especial del orden Distrital del Sector
Descentralizado por Servicios, de carácter eminente-
mente técnico y especializado, con personería jurídica,
autonomía administrativa y presupuestal y con patrimo-
nio propio, adscrita a la Secretaria Distrital del Hábitat
(Acuerdo Distrital No. 257 de 2006), que tiene por ob-
jeto garantizar la prestación, coordinación, supervisión
y control de los servicios de recolección, transporte,
disposición nal, reciclaje y aprovechamiento de resi-
duos sólidos, la limpieza de vías y áreas públicas; los
servicios funerarios en la infraestructura del Distrito y
del servicio de alumbrado público.
Que el artículo 113 del Acuerdo Distrital 257 de no-
viembre 30 de 2006, transformó la Unidad Ejecutiva
de Servicios Públicos, en Unidad Administrativa Es-
pecial del orden distrital del Sector Descentralizado
por servicios, de carácter técnico y especializado,
con personería jurídica, autonomía administrativa y
presupuestal y con patrimonio propio, adscrita a la
Secretaría Distrital de Hábitat.
Que mediante Acuerdo No. 001 de 2012 se modicó la
estructura organizacional y se determinaron las funcio-
nes de las dependencias de la Unidad Administrativa
Especial de Servicios Públicos, señalando que el ob-
jeto de ésta es garantizar la prestación, coordinación,
supervisión y control de los servicios de recolección,
transporte, disposición nal, reciclaje y aprovecha-
miento de residuos sólidos, la limpieza de vías y áreas
públicas; los servicios funerarios en la infraestructura
del Distrito y el servicio de alumbrado público.
Que uno de los componentes del servicio público de
aseo, hace parte del manejo integral de residuos só-
lidos, es la recolección, transporte, almacenamiento
temporal y entrega para disposición nal de residuos
peligrosos hospitalarios y similares, y las actividades
de orden nanciero, comercial, técnico, operativo,
educativo y administrativo que eso conlleva.
Que mediante el proceso de licitación pública No. 006
de 2011, la Unidad Administrativa Especial de Servi-
cios Públicos – UAESP, adjudicó a la Unión Temporal
Ecocapital, el contrato de concesión No. 186E de 2011
para “Concesionar bajo la gura de área de servicio
exclusivo la prestación del servicio de recolección,
transporte, almacenamiento temporal y entrega para
disposición nal de residuos peligrosos hospitalarios
y similares generados en la ciudad de Bogotá D.C, y
sin exclusividad la actividad de tratamiento”, en las
condiciones establecidas en el pliego de condiciones
y en la oferta.
Que acorde con lo dispuesto en la Licitación Pública
No. 006 de 2011, es necesario adoptar un Reglamento
que establezca para la ejecución de la Gestión Comer-
cial y Financiera de la concesión que tiene por objeto
la prestación del servicio de recolección, transporte,
almacenamiento temporal y entrega para disposición
nal de residuos peligrosos hospitalarios y similares
generados en la ciudad de Bogotá D.C, y sin exclusi-
vidad la actividad de tratamiento
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Adoptar el reglamento co-
mercial y nanciero para la concesión bajo la gura
de área de servicio exclusivo de la prestación del
servicio de recolección, transporte, almacenamiento
temporal y entrega para disposición nal de residuos
peligrosos hospitalarios y similares generados en la
ciudad de Bogotá D.C, y sin exclusividad la actividad
de tratamiento, el cual será del siguiente tenor:
REGLAMENTO COMERCIAL Y FINANCIERO
DEL SERVICIO PÚBLICO DE ASEO PARA LA
GESTIÓN INTEGRAL EXTERNA DE RESIDUOS
HOSPITALARIOS Y SIMILARES
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 46 • Número 4898 • pP. 1-13 • 2012 • MAYO 28
1. ÁMBITO DE APLICACIÓN.
El presente Reglamento aplica a la gestión co-
mercial y nanciera del contrato de concesión del
servicio de aseo para la Gestión Integral Externa
de Residuos Hospitalarios, (residuos infecciosos
o de riesgo biológico), y similares en el Distrito
Capital de Bogotá, celebrado por la Unidad Admi-
nistrativa Especial de Servicios Públicos Domici-
liarios –UAESP- que comprenden la recolección,
tratamiento y transporte de residuos al sitio de
disposición nal en el Distrito Capital.
2. PRINCIPIOS.
a. Autonomía: El concesionario del servicio de aseo
para la Gestión Integral Externa de Residuos
Hospitalarios, (residuos infecciosos o de riesgo
biológico), y similares en el Distrito Capital de
Bogotá, tendrá autonomía comercial y nanciera
para desempeñar las obligaciones contractuales
a su cargo en el marco de las disposiciones con-
tenidas en este Reglamento.
b. Calidad, Eciencia y Ecacia: La prestación
del servicio aplicará criterios de mínimo costo y
de calidad, de tal forma que sólo se trasladarán
a los usuarios aquellos costos reales y afectos a
su prestación.
c. Responsabilidad: El concesionario del servicio
de aseo para la Gestión Integral Externa de Re-
siduos Hospitalarios, (residuos infecciosos o de
riesgo biológico), y similares en el Distrito Capital
de Bogotá, ejecutará cabalmente la gestión comer-
cial y nanciera contenida en este Reglamento,
observando toda la normatividad vigente, respe-
tando los derechos de los usuarios y respondien-
do con calidad y ecacia sus peticiones, quejas,
reclamos y solicitudes en los términos legales y
reglamentarios.
d. Integralidad: La ejecución de la gestión comer-
cial y nanciera del concesionario se reejará
en el incremento de la cobertura y la calidad del
servicio de aseo para la Gestión Integral Externa
de Residuos Hospitalarios, (residuos infecciosos
o de riesgo biológico), y similares en el Distrito
Capital de Bogotá.
e. Calidad: La ejecución de la gestión comercial y
nanciera ofrecerá al usuario las mejores alterna-
tivas y la solución denitiva de sus inquietudes,
observaciones, solicitudes, peticiones, quejas y
reclamos.
f. Oportunidad: Los trámites y las actividades
afectas a la gestión comercial y nanciera se
ejecutarán dentro de los tiempos establecidos en
este Reglamento y en la normatividad aplicable.
3. ALCANCE DE LA GESTIÓN COMERCIAL Y
FINANCIERA.
La prestación del servicio de aseo para la Gestión
Integral Externa de Residuos Hospitalarios, (resi-
duos infecciosos o de riesgo biológico), y similares
en el Distrito Capital, comprende una serie de
actividades comerciales, nancieras y técnico –
operativas, cada una de las cuales se detalla o
bien en este Reglamento Comercial y Financiero,
o en el Reglamento Técnico – Operativo, de forma
que ambos Reglamentos se constituyen en el eje
de la gestión que el concesionario debe adelantar
junto con la UAESP y la interventoría.
Desde el punto de vista comercial y nanciero,
se tiene un modelo en el cual la ejecución de las
actividades es responsabilidad directa del conce-
sionario encargado del servicio de aseo para la
Gestión Integral Externa de Residuos Hospitala-
rios, (residuos infecciosos o de riesgo biológico),
y similares, SIISA y la Fiducia, con sujeción a la
normatividad vigente y a lo establecido en este
Reglamento y sus modicaciones. La gestión
comercial comprende las siguientes actividades
y la distribución de responsabilidades se detalla
en las secciones subsiguientes:
ACTIVIDAD RESPONSABLE
Atención Usuarios Concesionario y SIISA
Administración del catastro de
Usuarios
SIISA
Actualización y mantenimiento del
catastro de
Usuarios
Concesionario
Medición, liquidación y facturación
del Servicio
Concesionario y SIISA
Liquidación y Pago Retribución de la
Concesión
SIISA y Fiducia
La gestión nanciera comprende:
ACTIVIDAD RESPONSABLE
Gestión de Cartera Concesionario
Gestión de Recaudo Entidades Recaudadoras y Fiducia
La UAESP contratará la construcción, suministro,
instalación, implementación, puesta en marcha,
mantenimiento y administración de un Sistema de
Información Integral del Servicio de Aseo – SIISA,
quién también contratará y operará el Contact
Center y el Portal Web, descritos en este Regla-
mento.
El concesionario es responsable de actualizar
en el SIISA la información técnica, operativa,

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