RESOLUCION 1053 RD 4805 - 2 de Enero de 2012 - Registro distrital - Legislación - VLEX 435183770

RESOLUCION 1053 RD 4805

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4805 2 ENERO 2012
EmisorEmpresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogota
199
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 46 • Número 4805 • pP. 1-199 • 2012 • ENERO 2
PARÁGRAFO: De conformidad con lo establecido en
el parágrafo del artículo primero del Acuerdo de Junta
Directiva 09 de 2007 (modicado por el Acuerdo de
Junta Directiva No. 06 de 2009), las anteriores tarifas
no incluyen el costo de inversión de obras de infraes-
tructura adicionales a las existentes o a las previstas
en el plan de inversión tarifario que soportó los costos
de referencia de la Empresa de Acueducto y Alcanta-
rillado de Bogotá presentados a la CRA y la SSPD en
diciembre de 2005, costos de inversión que, de llegar
a requerirse, deberán ser asumidos por los usuarios
beneciarios del servicio, como un valor adicional a la
estructura de tarifas aquí denidas.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Indexación. Los valores
tarifarios contemplados en el artículo anterior se ex-
presan en pesos colombianos de diciembre de 2011 y
se indexarán de conformidad con las normas vigentes
expedidas para el efecto por la Comisión de Regulación
de Agua Potable y Saneamiento Básico.
ARTÍCULO TERCERO.- Vigencia y Derogatoria. La
presente Resolución rige a partir de su publicación y
deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Dada en Bogotá D.C., a los veintinueve (29) días
del mes de diciembre de dos mil once (2011).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
LUIS FERNANDO ULLOA VERGARA
Gerente General
Resolución Número 1053
(Diciembre 29 de 2011)
Por la cual se deroga la Resolución 1016 de di-
ciembre de 2011-12-29
EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE
ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ
–ESP.
En ejercicio de sus facultades estatutarias, en
especial las conferidas en el literal b) del artículo
16 del Acuerdo No. 11 de 2010 expedido por la
Junta Directiva y
CONSIDERANDO:
Que la Gerencia General expidió la Resolución No.
1016 del 22 de diciembre de 2011, previa discusión y
recomendación del Comité Corporativo de Gerencia.
Que en sesión del Comité Corporativo de la EAAB.,
No. 36 del veintitrés (23) de diciembre de 2011, los
integrantes del mismo consideraron conveniente dero-
garla, dado que el texto de la mencionada resolución
permitía diversas interpretaciones y como quiera que
los efectos de la misma se encuentran incluidos en la
prerrogativa establecida en el artículo 22 de la reso-
lución 618 de 2009.
Que el Gerente General en mérito de lo expuesto.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Derogar en su totalidad la resolución
No. 1016 de 22 de diciembre de 2011.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución empezará a
regir a partir de la fecha de su publicación.
Dada en Bogotá D.C., a los veintinueve (29) días
del mes de diciembre de dos mil once (2011).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
LUIS FERNANDO ULLOA VERGARA
Gerente General
Resolución Número 1054
(Diciembre 29 de 2011)
“Por la cual se establece la estructura tarifaria
aplicable a los usuarios de la Empresa de Acue-
ducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP, en el
Municipio de Gachancipá durante el año 2012”
EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE
ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ
E.S.P.,
En ejercicio de las facultades estatutarias y de
la delegación efectuada por la Junta Directiva
mediante el Acuerdo No 19 del 20 de diciembre
de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo 19 de diciembre 22 de
2011 el Concejo Municipal de Gachancipá denió los
siguientes factores de subsidio y aporte solidario para
el servicio de acueducto en el Municipio de Gachancipá
aplicables en el año 2012:

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