RESOLUCION 086 RD 4611 - 7 de Marzo de 2011 - Registro distrital - Legislación - VLEX 438363634

RESOLUCION 086 RD 4611

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4611 7 MARZO 2011
EmisorSecretaria General
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 45 • Número 4611 • pP. 1-2 • 2011 • MARZO 7
2
Que el artículo 52 del Decreto Distrital 311 de 2006
señala que “Se reconocerán la ocupación de los an-
tejardines siempre y cuando se genere el equivalente
al área ocupada, en un espacio de amortiguamiento y
descarga al interior del predio para mitigar el impacto
de la feligresía entre la calle y el predio”.
Que el Decreto Distrital 190 de 2004 dene en su
artículo 21 el Sistema de espacio público, como “(...)
el conjunto de espacios urbanos conformados por los
parques, las plazas, las vías peatonales y andenes, los
controles ambientales de las vías arterias, el subsuelo,
las fachadas y cubiertas de los edicios, las alame-
das, los antejardines y demás elementos naturales y
construidos denidos en la legislación nacional y sus
reglamentos...” y en el artículo 270, respecto de los
antejardines, prohíbe estacionar vehículos, cubrirlos
y construirlos, así como la construcción y presencia
de rampas.
Que para dar cumplimiento a los mandatos constitu-
cionales y a las disposiciones relativas al Sistema de
Espacio Público contenidas en los Decretos Distritales
190 de 2004 y 215 de 2005 (Plan Maestro de Espacio
Público) es necesario derogar el artículo 52 del Decreto
Distrital 311 de 2006.
Que en aras de propender por una organización te-
rritorial encaminada a la búsqueda de la seguridad y
confort de la feligresía, a partir de la reducción de los
impactos que generan en la actualidad los equipa-
mientos existentes y disminuir la informalidad en la
ocupación de los mismos, se hace necesario continuar
con la exigencia normativa y la ampliación de los
plazos adoptados con anterioridad, permitiendo dar
aplicación a las metas establecidas para que cada uno
de los equipamientos de culto de la ciudad veriquen,
gestionen y promuevan su regularización urbanística.
Que en mérito de lo anterior,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modicar el artículo 4 del Decreto
Distrital 311 de 2006, el cual quedará así:
“El Plan Maestro de Equipamientos de Culto tendrá un
plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2019.
Para tales efectos, se considera el corto plazo desde
la fecha de publicación de este decreto hasta el 31 de
diciembre del año 2013; como mediano plazo, hasta
el 31 de diciembre del año 2015, y como largo plazo,
hasta el 31 de diciembre del año 2019.”
ARTÍCULO 2º.- Vigencias y derogatoria. El presente
decreto modica el artículo 4º y deroga el artículo 52
del Decreto Distrital 311 de 2006, rige a partir de su
publicación en el Registro Distrital y deberá ser publi-
cado en la Gaceta de Urbanismo y Construcción de
Obra, de conformidad con lo establecido en el artículo
462 del Decreto Distrital 190 de 2004.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los cuatro (4) días del
mes de marzo de dos mil once (2011).
SAMUEL MORENO ROJAS
Alcalde Mayor
CRISTINA ARANGO OLAYA
Secretaria Distrital de Planeación
SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ,
Resolución Número 086
(Marzo 4 de 2011)
“Por la cual se actualizan las disposiciones para
el funcionamiento de los Subcomités de Auto-
control de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C., se asignan nuevas fun-
ciones a los mismos y se dictan otras disposicio-
nes.”
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
En ejercicio de sus facultades legales y en espe-
cial las conferidas por el literal j) del artículo 8º
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitu-
ción Política, son principios de la función administrativa
la igualdad, la moralidad, la ecacia, la economía, la
imparcialidad, la publicidad y la celeridad.
mina que las entidades públicas diseñarán y aplicarán,
según la naturaleza de sus funciones, métodos y pro-
cedimientos de control interno, de conformidad con lo
que disponga la ley.
Que en desarrollo de la disposición Constitucional, la
Ley 87 de 1993 estableció las normas para el ejercicio
del Control Interno en las entidades y organismos del
Estado.
RESOLUCIONES DE 2011

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