RESOLUCION 185 a RD 3793 - 6 de Julio de 2007 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445779958

RESOLUCION 185 a RD 3793

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3793 6 JULIO 2007
EmisorComisión Distrital de Sistemas
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 41 • Número 3793 • pP. 1-7 • 2007 • JULIo 6
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Otórgase la Orden Civil al
Mérito “Ciudad de Bogotá” en el Grado de Gran
Oficial al Señor JACQUES ROGGE, Presidente del
Comité Olímpico Internacional.
ARTÍCULO SEGUNDO.- En ceremonia especial el Al-
calde Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega de la con-
decoración y copia del decreto en nota de estilo al se-
ñor Jacques Rogge.
ARTÍCULO TERCERO.- El presente decreto rige a partir
de la fecha de su publicación
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los seis (6) días del mes
de julio de dos mil siete (2007).
LUIS EDUARDO GARZÓN
Alcalde Mayor – Gran Maestre
JUAN MANUEL OSPINA RESTREPO
Secretaria de Gobierno - Gran Canciller
RESOLUCIONES DE 2007
COMISIÓN DISTRITAL DE SISTEMAS -CDS
Resolución Número 185
(Julio 6 de 2007)
“Por la cual se adoptan Políticas de Conectividad
para las Entidades del Distrito Capital».
LA COMISIÓN DISTRITAL DE SISTEMAS -CDS
En ejercicio de las facultades legales y en espe-
cial las conferidas en el Acuerdo 57 de 2002,
Decreto 680 de 2001 y en el Decreto 397 de 17 de
2002, y
CONSIDERANDO:
Que el Concejo Distrital mediante el Acuerdo 20 de
1989, dispuso la creación y reglamentación de la Co-
misión Distrital de Sistemas como organismo rector
de las políticas que a nivel de sistematización se to-
men en todas las entidades del Distrito.
agosto de 2001, se estableció la Comisión Distrital de
Sistemas como organismo rector y asesor de las polí-
ticas y estrategias que se adopten en todas las entida-
des integrantes de la Administración Distrital en tec-
nología informática y comunicaciones, asignándole
como una de sus funciones, la de establecer políticas
y estándares para lograr el desarrollo armónico y coor-
dinado de la informática y las comunicaciones de los
entes del Distrito Capital y verificar su cumplimiento.
Que el artículo 3º. del Decreto 680 de 2001, determina
como funciones de la Comisión Distrital de Sistemas,
en el área de políticas y estándares informáticos y de
comunicaciones, las siguientes:
“a) Establecer políticas y estándares para
lograr el desarrollo armónico y coordina-
do de la informática y las comunicacio-
nes de las entidades del Distrito Capital y
verificar su cumplimiento.
b) Fijar estándares para la normalización de
los datos y el intercambio de información
y servicios entre entidades distritales y
entre éstas y la ciudadanía.
c) Revisar las tendencias internacionales
sobre modelos organizacionales para la
coordinación de la informática guberna-
mental y proponer esquemas modernos
para el Distrito.
d) Definir y fijar estándares para promover
la integración, cooperación, optimización
y racionalización de los recursos
informáticos y de comunicaciones.
e) Definir y fijar los criterios mínimos para
que la tecnología que se adquiera o desa-
rrolle se pueda interconectar, con miras a
lograr la intercomunicación de las entida-
des distritales.
Que el Acuerdo Número 57 de 2002, expedido por el Con-
cejo de Bogotá, determinó que la Comisión Distrital de
Sistemas –CDS– es el organismo rector de las políticas
y estrategias que a nivel de tecnología informática y co-
municaciones se adopten en todas las entidades del Dis-
trito como base para el diseño y la implementación del
Sistema Distrital de Información –SDI–.
Que de conformidad con lo dispuesto en la Resolución
No. 001 de 2003, expedida por la Comisión Distrital de
Sistemas –CDS- por la cual se establece su reglamen-
to interno, la Comisión será presidida por el Secretario
General de la Alcaldía Mayor, y para el desarrollo de su
objeto la Comisión contará con unos grupos de trabajo.
Que para el cumplimiento de sus objetivos y funcio-
nes la Comisión se reúne en sesiones plenarias y me-
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sas de trabajo de acuerdo con los requerimientos del
Plan de Acción de la Comisión y las decisiones que
allí se adopten, deben quedar reflejadas en actas que
deberán estar suscritas por quien preside o coordine la
reunión y por uno de sus miembros, nombrado de ma-
nera rotativa, previa aprobación por parte de los asis-
tentes a la correspondiente sesión plenaria, mesa de
trabajo o reunión de grupo
Que la Comisión Distrital de Sistemas –CDS– ha anali-
zado la situación actual de conectividad de la mayoría
de las entidades Distritales en los aspectos técnicos,
operativos, administrativos y contractuales, identifican-
do algunas fallas, particularmente en lo siguiente:
* Diferencias de costos, tarifas y condiciones técni-
cas de operación y gestión de los servicios con-
tratados.
* Deficiencia en los acuerdos de niveles de servicio
contratados y en los procedimientos asociados
para su correcta medición y gestión.
* Ausencia de fórmulas de compensación equitati-
vas a favor de las entidades distritales, asociadas
con el resultado de la medición del servicio efecti-
vamente recibido por parte de los proveedores.
* Carencia de una metodología apropiada para el
dimensionamiento de anchos de banda de cana-
les de comunicaciones y acceso a Internet.
* Ausencia de un plan para agrupar servicios de
conectividad comunes, que genere economías de
escala en el proceso de contratación, con una
mejor racionalización del gasto.
* Sobrecostos debido a la duplicidad innecesaria de
enlaces de comunicaciones entre entidades
distritales.
Que con el propósito de mejorar tal situación, la Comi-
sión ha venido trabajando en:
* La definición de un modelo homogéneo, sosteni-
ble y escalable de la Red Distrital de Conectividad,
enfocado a apoyar el uso y difusión de los conte-
nidos misionales y administrativos de las entida-
des distritales.
* La promoción de la modernización y el adecuado
modelo de uso de la tecnología de conectividad
en las entidades distritales para obtener la provi-
sión de servicios más oportunos, efectivos y de
mejor calidad.
* La formulación de lineamientos, políticas genera-
les y metodologías para unificar los esquemas de
contratación, implementación y administración de
servicios de conectividad, dentro del marco de los
conceptos de calidad del servicio y economías de
escala para la racionalización de los costos.
Que conforme al contenido del Acta No. 2 del 13 de
marzo de 2007 de la Comisión Distrital de Sistemas:
Con referencia a las políticas especificas de
conectividad, el Secretario Técnico introduce la pre-
sentación indicando que estas han sido presenta-
das en mesas de trabajo de Mayo 30 y Julio 7 de
2006. Los últimos ajustes incorporados de acuer-
do con las observaciones de la Dirección Jurídica,
fueron revisados en la mesa de trabajo de febrero
1 de 2007 y entregados en medio magnético para
conocimiento de los miembros de CDS.
Revisados nuevamente los ajustes y sometidos a
consideración los documentos, estos son aproba-
dos y adoptados por la mesa de trabajo”.
Que las políticas adoptadas por la Comisión Distrital
de Sistemas se encuentran contenidas en los docu-
mentos “Lineamientos Técnicos y Metodología para la
Contratación, Implementación y Gestión de Servicios
de Conectividad” y “Formato Modelo para la Elabora-
ción de Anexos Técnicos de Contractos de Servicios
de Conectividad” de Marzo de 2007.
Que para lograr la coherencia requerida en la
implementación de la Red Distrital de Conectividad, es
necesario que cada una de las entidades distritales apli-
que en el desarrollo de su gestión de tecnología las polí-
ticas, lineamientos y metodologías para la contratación,
implementación y gestión de servicios de conectividad
(canales de comunicaciones y acceso a Internet), con
las cuales se pretende sentar bases para que la Adminis-
tración Distrital logre un mejoramiento sustancial en sus
sistemas de comunicaciones y un real acercamiento a la
ciudadanía, a través de una eficiente prestación de servi-
cios apoyados en la tecnología.
Con conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la
Resolución No. 01 de 2003, las decisiones proferidas
por la Comisión Distrital de Sistemas se adoptarán
mediante resoluciones, las cuales deberán ser suscri-
tas por su Presidente y Secretario Técnico.
En mérito de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Adoptar como política en materia de
conectividad para todas las entidades del Distrito, los
lineamientos de orden técnico para la contratación,
implementación y gestión de servicios de conectividad,
contenidos en los Anexos No. 1 y No. 2 denominados
“Lineamientos Técnicos y Metodología para la Contra-

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