RESOLUCION 707 RD 4114 - 9 de Diciembre de 2008 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445786234

RESOLUCION 707 RD 4114

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4114 9 DICIEMBRE 2008
EmisorSecretaria Distrital de Movilidad
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 43 • Número 4114 • pP. 1-22 • 2008 • DICIEMBRE 9
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h. COORDINACION TÉCNICA: Tendrá a su cargo la
coordinación técnica de la delegación, el desarro-
llo y cumplimiento de las programaciones deporti-
vas, la compilación de los resultados y mantener
informada adecuadamente a la delegación en
general del desarrollo de las competencias y de
los resultados obtenidos.
i. SECRETARIA TECNICA: Grupo operativo en-
cargado de registrar los resultados emitidos por
la Coordinación Técnica y de elaborar el informe
nal de la participación de Bogotá.
j. COORDINACIÓN DE PRENSA: Será la encarga-
da del cubrimiento periodístico de la participación
de la delegación capitalina, del manejo de la
información y la producción de boletines y publi-
caciones que informen diariamente sobre los re-
sultados obtenidos por los deportistas bogotanos.
Establecerá contactos con los diferentes medios
de la Capital para suministrarles material sobre la
presentación de nuestros deportistas.
k. GRUPO DE MEDICINA Y CIENCIAS APLICADAS:
Atenderá los aspectos relacionados con la parte
médico – asistencial, solicitará a la organización
los servicios especializados cuando sean reque-
ridos y en general las eventualidades que se
presenten a los integrantes de la delegación, sin
perjuicio de que cada participante se encuentre
a liado al Plan Obligatorio de Salud, Contributivo
o Subsidiado.
Artículo 3°.– De acuerdo con las necesidades del
servicio el Jefe de Misión o en su defecto el Coordina-
dor de la misma, establecerán la conformación de los
grupos de trabajo requeridos para la participación de la
Delegación de Bogotá en los XVIII Juegos Deportivos
Nacionales 2008.
Artículo 4°.– La presente resolución rige a partir de la
fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los dieciocho (18) días
del mes de noviembre de dos mil ocho (2008).
JOSÉ JAIME TAPIAS PATRÓN
Director General
SECRETARÍA DE MOVILIDAD
Resolución Número 707
(Diciembre 5 de 2008)
“Por la cual se modi ca el artículo segundo de la
Resolución 230 de 2005, y se dictan disposicio-
nes sobre operación de vehículos de transporte
público colectivo en el transporte masivo”.
EL SECRETARIO DISTRITAL DE MOVILIDAD
En uso de sus facultades legales, en especial las
conferidas por el Decreto Distrital 567 de 2006,
el artículo 10 del Decreto 170 de 2001 y las leyes
105 de 1993, 336 de 1996 y 769 de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 105 de 1993, dispuso sobre temas de Re-
posición que (…)“El Ministerio de Transporte exigirá la
reposición del parque automotor, garantizando que se
sustituyan por nuevos los vehículos que hayan cumpli-
do su ciclo de vida útil”, lo que implica la destrucción
de uno que ha cumplido su ciclo.
Que la Ley 336 de 1996, a su vez dispuso sobre la
supremacía de los entes gubernamentales para re-
gular y vigilar el sector “Bajo la suprema dirección y
Tutela administrativa del Gobierno Nacional a través
del Ministerio de Transporte, las autoridades que con-
forman el sector y el sistema de transporte serán las
encargadas de la organización, vigilancia y control de
la actividad transportadora dentro de su jurisdicción y
ejercerán sus funciones con base en los criterios de
colaboración y armonía propios de su pertenencia al
orden estatal,
Que mediante Resolución 230 de 2005, la extinta Se-
cretaría de Tránsito y Transportes dispuso que cuando
existiera cambio del sistema masivo al colectivo de los
vehículos de más de setenta pasajeros, estos debían
cumplir con un índice de reposición adicional.
Que en igual sentido dicha disposición adicionó otra
serie de requisitos que buscaban disminuir la sobre
oferta existente en ese momento y que con la inclusión
de un nuevo vehículo a salir del mercado, sería mayor
la descongestión y el cumplimiento de los nes de la
entidad como autoridad de Tránsito en el Capital.
Que mediante Resolución No. 2680 de 3 de julio de
2007 expedida por el Ministerio de Transporte, se
reglamentó el proceso de desintegración física de los
vehículos de servicio público de transporte colectivo de
pasajeros del radio de acción metropolitano, distrital y
municipal en todo el territorio nacional.
Que mediante Resolución 381 de 2007 la Secretaría

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