RESOLUCION 767 RD 3964
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 3964 15 ABRIL 2008 |
Emisor | Instituto de Desarrollo Urbano |
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 42 • Número 3964 • pP. 1-9 • 2008 • ABRIL • 15
unidades sociales que debieron entregar sus inmue-
bles para la ejecución de obras públicas de benefi cio
general, lo que restringe la posibilidad de ejercicio
pleno de sus derechos, situación que expone a los
afectados a un estado de debilidad manifi esta y de
tratamiento desigual con otras unidades sociales que
negociaron con el IDU sus inmuebles.
14. Que es deber del Instituto de Desarrollo Urba-
no realizar todas las acciones necesarias que permitan
el íntegro cumplimiento de los diferentes componentes
de los Planes de Gestión Social en cada proyecto, ga-
rantizando además el ejercicio de derechos de orden
constitucional involucrados, y que por ende le permitan
a las unidades sociales afectadas por la realización
de las obras públicas en el Distrito su real y efectivo
reasentamiento, mediante el apoyo para el logro de una
vivienda de reposición procurando que se conserven
o mejoren las condiciones de vida digna que se tenían
al momento de la entrega de sus inmuebles.
Que en merito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Establecer, como término
para el trámite de recepción de documentos y recono-
cimiento de los Pasivos Exigibles referidos a Primas
de Reasentamiento y Compensaciones, originados
en los Programas de Gestión Social ejecutados en
los diferentes Proyectos de Obra Pública adelantados
por el Instituto de Desarrollo Urbano, el mismo que
corresponda al cierre del Proyecto que será fi jado en
el acto administrativo que así lo determine.
ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución se
entenderá incorporada a los actos administrativos
expedidos por la Ofi cina de Gestión Social que de-
terminaron el reconocimiento de Pasivos exigibles de
Primas de Reasentamiento y Compensaciones seña-
ladas en favor de las unidades sociales en los Planes
de Gestión Social respectivos para cada proyecto, y
modifi ca todos los actos administrativos que le sean
contrarios a lo establecido en el articulo primero de
esta Resolución.
Dada en Bogotá D.C., a los cuatro (4) días del
mes de marzo de dos mil ocho (2008).
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
JORGE PAULO LASTRA CANTILLO.
Jefe Ofi cina de Gestión Social
Resolución Número 767
(Marzo 27 de 2008)
“Por la cual se modifi ca parcialmente la reso-
lución No. 1247 de 2006, por medio de la cual
se adoptó el Manual Específi co de Funciones y
Competencias Laborales para los empleos de la
Planta de Personal del Instituto de
Desarrollo Urbano”.
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO
DE DESARROLLO URBANO IDU,
en ejercicio de las facultades que le confi eren
los artículos 13 y 28 del Decreto Ley 785 de 2005,
los numerales I y II del artículo 17 del Acuerdo
Distrital 19 de 1972, el artículo 6 de la Resolución
de Junta Directiva 014 de septiembre de 2005 y
el artículo 9º del Decreto 2539 de 2005 y,
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento de la ley 909 de 2004, y el decreto
785 y 2539 de 2005, el Instituto de Desarrollo Urbano
procedió a ajustar el Manual de Funciones de todos
los empleos de su planta de personal, de acuerdo a
los criterios impartidos en cuanto a las competencias
laborales y los requisitos exigidos para el ejercicio de
los empleos, contenidos en el Manual Específi co de
Funciones y Competencias Laborales que fué adopta-
do en su versión vigente mediante la Resolución 1247
del 9 de marzo de 2006.
Que los Manuales de Funciones se constituyen en
herramientas para defi nir las competencias requeridas
por todos y cada uno de los empleos.
Que el Acuerdo 19 de 1972, por medio del cual se
creó y reglamentó el funcionamiento del Instituto de
Desarrollo Urbano, establece que corresponde a la
Junta Directiva disponer la organización administrativa
del Instituto y dentro de ella, crear, suprimir, modifi car
dependencias y cargos y señalar las funciones res-
pectivas.
Que mediante la Resolución 014 del 14 de septiem-
bre de 2005, la Junta Directiva delegó en el Director
General del Instituto la facultad de expedir y actualizar
el Manual Específi co de Funciones y Competencias
Laborales, de conformidad con lo establecido en el
Decreto 785 de 2005.
Que dentro de la planta de personal del Instituto existe
el cargo de Profesional Especializado código 222 grado
04 (Analista de Información de Gestión) distribuido
en la Dirección Técnica de Malla Vial, cuyo propó-
sito principal es efectuar el seguimiento del manejo
presupuestal de la Dirección Técnica, garantizando
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