RESOLUCION 0521 RD 4057 - 11 de Septiembre de 2008 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445792154

RESOLUCION 0521 RD 4057

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4057 11 SEPTIEMBRE 2008
EmisorUnidad Administrativa Especial de Catastro Distrital
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 42 • Número 4057 • pP. 1-30 • 2008 • SEPTIEMBRE 11
30
f. Si se logra un acuerdo entre las partes se
levantará un acta que debe ser rmada
por los integrantes del Comité de Con-
vivencia y Conciliación, y por las partes
intervinientes.
g. El acta reposará en los archivos y en vir-
tud del principio de con dencialidad, se
mantendrá con carácter de reserva en el
archivo que lleve el Secretario del Comité
y solo será puesta a disposición de sus
integrantes, de las partes intervinientes o
de autoridad competente.
h. Cuando no fuere posible llegar a un
acuerdo voluntario y el quejoso insistiere
en que la queja constituye una conducta
de acoso laboral que implica medidas
de carácter disciplinario, se dará trasla-
do al organismo de control disciplinario
competente para que se adelante el
procedimiento correspondiente, dejando
constancia que se agotó el procedimiento
conciliatorio al interior de la Entidad.
i. El Comité propondrá las formulas de
conciliación pertinentes entre las partes
y encaminará el establecimiento de las
medidas para formular las sugerencias
de prevención, manejo y solución, y en
sus conclusiones podrá determinar que
los hechos denunciados no son propios
del acoso laboral.
j. Si no asistiere alguno de los interesados,
deberá justi car debidamente su ausen-
cia ante el Comité, y éste jará una nueva
fecha que no podrá ser mayor de tres (3)
días hábiles siguientes. Si no se presenta
a la segunda citación, o no justi ca su
inasistencia, se dejará constancia en acta
suscrita por la parte presente y los miembros
del Comité. Si la parte renuente es la afec-
tada, se entenderá desistida la queja, si por
el contrario, es la denunciada, se entenderá
que no existe voluntad conciliatoria y el
Comité deberá proceder conforme al literal
h del presente parágrafo.
Toda la actuación que se produzca en virtud de pro-
cedimiento aquí señalado, así como las pruebas y las
identidades de las personas involucradas en ella, por
vía activa o por pasiva, se mantendrán en reserva y
con dencialidad.
Las conclusiones se le darán a conocer a los involu-
crados oportuna y personalmente.
ARTICULO SEPTIMO. La Secretaría Distrital de Am-
biente implementará acciones concertadas de orden
administrativo relacionadas con el clima laboral y
la adopción de medidas especiales que propendan
por el trabajo en condiciones dignas y justas, el buen
trato, y el mejoramiento de la calidad de las normas
de convivencia
ARTÍCULO OCTAVO. PUBLICACION: La presente
resolución surte efectos a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los veinticinco (25) días
del mes de agosto de dos mil ocho (2008).
JUAN ANTONIO NIETO ESCALANTE
Secretario Distrital de Ambiente
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL
CATASTRO DISTRITAL,
Resolución Número 0521
(Mayo 27 de 2008)
“Por la cual se modi ca la Resolución Nº 1159
de 2002 jando la Zona Homogénea Física y
Geoeconómica y el valor metro cuadrado de
terreno y construcción a un predio ubicado en
Bogotá Distrito Capital”.
EL (LA) DIRECTOR(A) DE LA UNIDAD ADMINIS-
TRATIVA ESPECIAL CATASTRO DISTRITAL,
en ejercicio de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Que compete a la Dirección de la Unidad Administrativa
Especial Catastro Distrital jar o modi car los avalúos
catastrales, provenientes de los procesos de Forma-
ción, Actualización y Conservación, de los predios
ubicados en el Distrito Capital.
Que de conformidad con la ley Nº 14 de 1983 y la
Resolución Nº 2555 de 1988 del Instituto Geográ co
Agustín Codazzi, IGAC, se realiza el estudio para jar
el valor del metro cuadrado de terreno y construcción,
a los predios de los propietarios que presenten solicitud
de Desenglobe ante la UAECD.
Que mediante solicitud Nº 2007-1295167/1312459 y
2008 - 2453, se está atendiendo la petición de asig-
nación de Zona Homogénea Física y Geoeconómica
y valores metro cuadrado de terreno y construcción al
inmueble relacionado a continuación:

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