RESOLUCION 006 RD 3923 - 1 de Febrero de 2008 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445793722

RESOLUCION 006 RD 3923

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3923 1 FEBRERO 2008
EmisorInstituto Distrital de Recreacion y Deporte
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 42 • Número 3923 • pP. 1-2 • 2008 • FEBRERO 1
2
ARTÍCULO TERCERO.- La presente Resolución rige
a partir de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a lo veinticinco (25) días
del mes de enero de dos mil ocho (2008).
ISAURO CABRERA VEGA
Secretario Distrital de Hacienda (E.)
INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACION
Y EL DEPORTE
Resolución Número 006
(Enero 22 de 2008)
“Por medio de la cual se modi ca el articulo
sexto del capitulo III de la resolución 065 de
2006 del Instituto Distrital para la Recreación y el
Deporte”
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DIS-
TRITAL PARA LA RECREACION Y EL DEPORTE
En ejercicio de sus facultades legales y en espe-
cial las conferidas por el Acuerdo Distrital 04 de
1978, el Decreto Ley No.1421 de 1993, el artículo
12 de la Ley 80 de 1993, el artículo 37 del Decreto
2150 de 1995, los artículos 9 y 10 de la Ley 489
CONSIDERANDO:
Que entre el Departamento Administrativo de la
Función Pública-- DAFP y el Instituto Distrital para
la Recreación y el Deporte- lDRD, se suscribió el 1°
de agosto de 1999 el Contrato de Comodato y cola-
boración armónica mediante el cual aquel entregó a
dicho título el bien inmueble denominado “Club de
Empleados O ciales” para el funcionamiento de su
sede administrativa, tales como o cinas, salones,
zonas de servicio y otras.
Que el inmueble entregado en comodato cuenta con
unos salones que pueden ser destinados al desarrollo
de diferentes actividades de carácter académico y
así como eventos a nes a su misión institucional, con
los cuales se generan ingresos económicos para el
Instituto.
Que para efectos de determinar la adecuada utilización
y explotación de dichos salones, es pertinente autori-
zar su uso temporal a personas naturales o jurídicas,
públicas o privadas, jando las condiciones, valor y
forma de pago para su utilización.
Que mediante la Resolución No.277 del 2007, se
adoptó el manual de aprovechamiento económico de
los espacios públicos administrados por el Instituto
Distrital para la Recreación el Deporte.
Que mediante la Resolución 065 de 2006 se modi
el reglamento de tarifas, condiciones de uso y apro-
vechamiento del Salón Principal del Instituto Distrital
para la Recreación y el Deporte.
Que atendiendo las recomendaciones de las auditorias
de calidad realizadas por el ICONTEC las respuestas a
las solicitudes de préstamo del salón presidente supera
el plazo máximo determinado de dos días, de acuerdo
a la metodología establecida para la prestación del
servicio, por lo cual se hace necesario ajustar el trámite
de las solicitudes de préstamo del Salón Principal a lo
estipulado en el artículo 23 de la Constitución Nacional
y en el artículo 6° del Código Contencioso Administra-
tivo, esto es al derecho de petición.
Que así mismo atendiendo las recomendaciones de
las auditorias de calidad realizadas por el ICONTEC
el Salón Principal deberá contar con una agenda de
registro de las solicitudes efectuadas de forma verbal
como escrita.
Que en virtud de las anteriores consideraciones:
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO. - Modi car el articulo sexto del
capitulo III de la resolución 065 de 2006 del Instituto
Distrital para la Recreación y el Deporte el cual para to-
dos sus efectos, queda así: CAPITULO III. ARTICULO
SEXTO.- DE LA SOLICITUD. Para el Uso Externo del
Salón Principal los interesados deberán .dirigir la Soli-
citud o Petición escrita a la Subdirección Administrativa
y Financiera del IDRD, la cual deberá formularse con
antelación, y deberá especi car lo siguiente:
1. Nombre, dirección y teléfono de la persona o
entidad responsable del evento.
2. Naturaleza del evento que se pretende realizar.
3. Día, hora y duración del mismo.
4. Número aproximado de asistentes.
La Subdirección Administrativa y Financiera deberá dar
respuesta en un término no mayor a quince (15) días
hábiles siguientes al recibo de la solicitud, comunican-
do la disponibilidad del Salón Principal sin que la misma
constituya Permiso o Contrato para su utilización.
Parágrafo: Las solicitudes tanto verbales como escri-
tas deberán ser registradas en la agenda de reserva
del Salón Principal sin que dicho registro constituya
permiso o contrato para su utilización.

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