RESOLUCION 195 RD 3383 - 19 de Agosto de 2005 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447988138

RESOLUCION 195 RD 3383

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3383 19 AGOSTO 2005
EmisorSecretaria General
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 39 • Número 3383 • pP. 1-7 • 2005 • AGOSTO 19 7
1992 y en el artículo 4 del Decreto Nacional 1403 de
1992.
Que el Instituto Distrital de Cultura y Turismo, como
establecimiento público, solicita en los términos del
artículo 4o. del Decreto 777 de 1992, modificado por el
artículo 4o. del Decreto 1403 del mismo año, autoriza-
ción para celebrar un Contrato de Apoyo a actividades
de interés público con la Fundación Cultural El Contra-
bajo para la realización del proyecto «salas concerta-
das Sala Teatro Contrabajo 2005» de acuerdo con el
proyecto presentado, por un valor de quince millones
doscientos mil pesos m/cte. ($15.200.000.oo). Lo an-
terior se acredita por el Instituto mediante certificado
de disponibilidad presupuestal No. 1523 del 13 de julio
de 2005, correspondiente al programa - Cultura para la
inclusión Social - proyecto - Cultura y Arte con Todas
y Todos- Actividad - Apoyos Arte Dramático, Acción -
«Apoyos Arte Dramático».
Que la Dirección del Instituto Distrital de Cultura y Tu-
rismo certificó haber cumplido con todos y cada uno
de los requisitos exigidos por los Decretos 777 y 1403
de 1992 para la celebración del contrato aludido.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar al Instituto Distrital
de Cultura y Turismo - IDCT- para celebrar, a través de
su representante legal, un Contrato de Apoyo a activi-
dades de interés público con la Fundación Cultural El
Contrabajo para la realización del proyecto «salas con-
certadas Sala Teatro Contrabajo 2005» de acuerdo con
el proyecto presentado, por un valor de quince millo-
nes doscientos mil pesos m/cte. ($15.200.000.oo). Lo
anterior se acredita por el Instituto mediante certifica-
do de disponibilidad presupuestal No. 1523 del 13 de
julio de 2005, correspondiente al programa - Cultura
para la inclusión Social - proyecto - Cultura y Arte con
Todas y Todos- Actividad - Apoyos Arte Dramático,
Acción - «Apoyos Arte Dramático».
ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente Resolución rige
a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los diecinueve (19) días
del mes de agosto de dos mil cinco (2005).
ENRIQUE BORDA VILLEGAS
Secretario General
Resolución Número 195
(Agosto 19 de 2005)
«Por la cual se otorga una autorización para
celebrar un contrato de apoyo».
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
en ejercicio de sus atribuciones legales, especial-
mente las conferidas por el artículo 4o. del
Decreto Nacional 777 de 1992 y el artículo 7o. del
CONSIDERANDO:
Que el inciso segundo del artículo 355 Constitucional
estableció que el Gobierno Distrital podrá, con recur-
sos del respectivo presupuesto, celebrar contratos con
entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida
idoneidad con el fin de impulsar programas y activida-
des de interés público acordes con el plan seccional
de desarrollo.
Que el Gobierno Nacional reglamentó la celebración
de los contratos a que se refiere el inciso segundo del
artículo 355 Constitucional mediante el Decreto 777 de
1992, modificado por el Decreto 1403 del mismo año.
Que el artículo 4o. del Decreto 777 de 1992, modifica-
do por el artículo 4o. del Decreto 1403 de 1992, esta-
blece que para efecto de que un establecimiento públi-
co pueda celebrar un contrato de aquellos de los que
regula dicho decreto, será necesario que la respectiva
entidad descentralizada obtenga la autorización expre-
sa del representante legal de la entidad territorial co-
rrespondiente, esto es, del Distrito Capital.
Que, según lo establecido por los Decretos 777 y 1403
de 1992, dentro de los principales requisitos que se
deben tener en cuenta para la celebración de este tipo
de contratos se encuentran los siguientes: Que se rea-
licen con entidades privadas sin ánimo de lucro de re-
conocida idoneidad con el propósito de impulsar pro-
gramas y actividades de interés público, entendiendo
por reconocida idoneidad, la experiencia con resulta-
dos satisfactorios que acreditan la capacidad técnica
y administrativa de las entidades sin ánimo de lucro
para realizar el objeto del contrato. Que consten por
escrito y se sujeten a los requisitos y formalidades
que exige la Ley para la contratación entre particula-
res, salvo lo que dispongan los mencionados decre-
tos. Que se publique el contrato, en este caso para el
Distrito Capital, en el Registro Distrital cuando su cuan-
tía supere los cien (100) salarios mínimos mensuales.
Que previa a la celebración del contrato, se expida un
certificado de disponibilidad presupuestal en el cual
conste que dichos compromisos están amparados con

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